El proyecto exige informes anuales de gestión y prevé sanciones por su incumplimiento como falta grave.

La diputada del Partido Liberación Nacional (PLN), Alejandra Larios Trejos, presentó a la corriente legislativa un proyecto de ley (expediente 24.943) que propone obligar a todas las magistraturas, tanto propietarias como suplentes, de la Corte Suprema de Justicia y del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) a rendir un informe anual de labores.

Según justifica la exposición de motivos, esta reforma sería "un paso significativo hacia la mejora de la transparencia y la rendición de cuentas en el Poder Judicial y Tribunal Supremo de Elecciones. Al requerir informes periódicos, se promueve una mayor responsabilidad y se facilita la evaluación continua del desempeño de las personas magistradas; esto no solo fortalece la confianza pública en el sistema judicial y electoral, sino que también proporciona una herramienta base para la toma de decisiones informada respecto al desempeño de los magistrados y magistradas y ante una posible reelección cuando así corresponda".

Dato D+: Actualmente, las magistraturas de la Corte presentan informes únicamente cuando van a dejar el cargo; mientras que las magistraturas del TSE presentan informes a la Corte Suprema al finalizar su periodo de nombramiento.

En el caso de las magistraturas de la Corte Suprema los informes deberán incluir:

  • Un resumen de las actividades realizadas durante el período en función del cargo en la Sala que corresponda.
  • Estadística de cantidad de expedientes recibidos, cantidad de expedientes tramitados y resueltos, votos salvados y notas en condición de magistrada o magistrado ponente, así como de los proyectos revisados y firmados de otros integrantes de la respectiva Sala.
  • Referencia de la participación en Comisiones y aportes realizados.
  • Indicación de informes elaborados para la Asamblea Legislativa sobre proyectos de ley.
  • Indicación de funciones como órgano director en procedimientos disciplinarios que corresponden a Corte Plena.
  • Indicación de cantidad de sesiones de Corte Plena en las que tuvo participación.
  • Indicación de estudios o informes requeridos de forma individual para ser presentados en Corte Plena.

El proyecto establece que los informes se deberán presentar por escrito, a la Asamblea Legislativa y la Corte Suprema, un mes posterior al cumplimiento de la anualidad, con excepción del año en que finalice su nombramiento, en cuyo caso el informe se rendirá un mes antes de la fecha de conclusión del periodo.

En el caso de las magistraturas del TSE, su informe se deberá presentar por escrito a la Corte Suprema de Justicia, un mes posterior al cumplimiento de la anualidad de su nombramiento, con excepción del año en que finalice el nombramiento, en cuyo caso el informe se rendirá un mes antes de la fecha de conclusión del periodo.

Además, el proyecto señala que le corresponderá al Poder Judicial reglamentar el formato estandarizado que deberán seguir los informes, y que estos serán de acceso público a través de los sitios web del Poder Judicial, la Asamblea Legislativa y el TSE, en el caso de las magistraturas electorales.

Finalmente, la iniciativa de ley adiciona al artículo 192 de la Ley Orgánica del Poder Judicial una nueva causal de falta grave por no presentar los informes dentro del plazo definido.

La propuesta ahora deberá ser asignada a una comisión legislativa para iniciar su trámite ordinario.