Hace poco más de 23 años, Costa Rica implementó –de manera cuestionable– las jornadas 4x3, con el objetivo de atraer empresas que invirtieran en el país y diversificaran la economía, pasando de bienes tipo commodities (café, banano, flores, piña) a manufactura de alta complejidad. Esto requería de trabajadores mejor capacitados, pagaba mejores salarios y permitía un desarrollo sostenido para el país.

Hoy, más de dos décadas después, podemos afirmar que esta estrategia ha sido exitosa. La inversión en el régimen de zonas francas, el clúster de manufactura de dispositivos médicos y tecnología, así como otras industrias que se han desarrollado, son prueba de ello. Además, se han implementado carreras profesionales y programas técnicos que surgieron para apoyar este nuevo sector económico, que hoy representa más del 80% de las exportaciones del país.

Si bien esta estrategia ha dado frutos en el campo de la economía, no se ha visto reflejada en cambios en la legislación laboral que hagan más atractivo al país para continuar atrayendo inversión y para permitir una mejor distribución de la riqueza, así como mayores oportunidades para las nuevas generaciones. Por el contrario, esas empresas operan con el mismo Código de Trabajo de 1943 en materia de jornadas, horarios, salarios, descansos y otros elementos esenciales para progresar como sociedad y como país.

El entorno internacional ofrece nuevamente una oportunidad a Costa Rica. La figura del nearshoring y la necesidad de reubicar la manufactura de semiconductores (para disminuir la dependencia del mercado oriental) hacen que el país se encuentre en una posición privilegiada para aprovechar la experiencia positiva de más de 23 años en manufactura tecnificada, ampliándola a otras áreas, tanto industriales como geográficas del país.

El proyecto de ley 24.290, denominado: "Establecimiento de jornadas laborales excepcionales para casos determinados que sean excepcionales y muy calificados", podría ser un paso en la dirección correcta para modernizar nuestra legislación laboral. Este proyecto reconoce que desde 1943 existen en nuestro país trabajadores que pueden laborar hasta 12 horas al día de forma ordinaria: los denominados trabajadores de confianza, que forman parte del artículo 143 del Código de Trabajo. El proyecto considera a estos trabajadores, que durante más de 23 años han laborado jornadas conocidas como 4x3, entre los excluidos de los límites de la jornada ordinaria. Incluye, además, a trabajadores de manufactura tecnificada y dispositivos médicos, así como a quienes brindan apoyo en esas labores y a los trabajadores de centros de servicios corporativos. Estos trabajadores recibirían un salario mínimo superior al de los trabajadores ordinarios y se regularían específicamente los descansos a los que tienen derecho.

El proyecto obliga también a que las empresas realicen un monitoreo sobre el impacto del trabajo en la salud de sus colaboradores y al Ministerio de Trabajo a realizar inspecciones periódicas a los centros de trabajo para mantener un balance en la operación de esas empresas.

En conclusión, estamos frente a la ocasión tan esperada de continuar por la senda legal del desarrollo con la aprobación de este proyecto, que ampliaría los beneficios de este tipo de jornadas para todos los habitantes actuales y futuros del país.

La pregunta es: ¿lograremos ponernos de acuerdo para aprovechar esta oportunidad única o seguiremos con el plan piloto?

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