Si alguien preguntara cuál país recibe más luz solar al año, ¿Costa Rica o Alemania?, creo que nadie dudaría cuál es la respuesta correcta.  De hecho, según un estudio del Banco Mundial, debido a nuestras condiciones geográficas, nuestro país solo necesitaría cubrir el 0.09% del territorio con paneles solares para cubrir la demanda de electricidad total, mientras que Alemania debería sacrificar casi un 3% de su tierra. 

No obstante, aún con esta ventaja, mientras Alemania ya genera el 12% de su electricidad a partir del sol, acá en Tiquicia la adopción de la energía solar es apenas incipiente (menos del 0.1%), al tiempo que seguimos recurriendo al búnker para suplir hasta el 4% de la demanda... y parece que la ARESEP no tiene intenciones de que esto cambie.

Desde octubre de 2023, con la entrada en vigor de la Ley 10086 (“Promoción y Regulación de los Recursos Energéticos Distribuidos a partir de Fuentes Renovables”, así, entre comillas, porque “parece chiste, pero es anécdota”), los generadores distribuidos de energía solar, que comprenden tanto a empresas como familias, han sufrido alzas enormes en sus recibos de electricidad, que van desde un 30% hasta un 400%.

Con la nueva ley y el modelo tarifario derivado de esta por ARESEP, la “Tarifa de Acceso” (es decir, el monto que cobran las distribuidoras por el derecho a conectarse a su red para depositar energía) pasó de calcularse con base solo en el excedente de energía depositado en la red por el abonado, a calcularse con base en su “consumo natural”, es decir, la totalidad de la energía consumida, incluso aquella generada por el mismo cliente.  Debido a esto, en muchos casos la tarifa de acceso supera ampliamente el valor de la energía que los generadores distribuidos aportan a la red, anulando cualquier posible beneficio económico para el usuario. 

Un ejemplo ilustrativo es el de una empresa que había instalado paneles solares hace tiempo con el objetivo de reducir sus costos eléctricos. Esta empresa vio cómo su tarifa de acceso se disparó de un poco más de 21,000 colones al mes a más de 244,000. Además, la factura total de electricidad de este cliente de la ESPH aumentó de alrededor de 875,000 colones en septiembre, (uno de los meses con menor producción solar, como se observa en el siguiente gráfico), a más de 1.5 millones en febrero de 2024, paradójicamente, durante uno de los meses de mayor potencial fotovoltaico. Este incremento excesivo, paradójico y absurdo es el resultado de la nueva política tarifaria implementada por ARESEP.

Adicionalmente, la nueva metodología de cobro ha permitido a las empresas distribuidoras “comprar” la energía de los generadores distribuidos a precios ridículos, en muchas ocasiones en cero colones, lo que básicamente constituye un robo, o en el mejor de los casos, una apropiación indebida, una confiscación o una expropiación forzada.  De hecho, el artículo 12, inciso a) de la misma ley 10086 ordena que se respete la equivalencia económica en la compra de los excedentes de electricidad, lo que claramente no fue acatado por las distribuidoras.

A inicios de enero de 2024, y solo debido a los cientos de quejas de usuarios del servicio, la ARESEP anunció que iba a suspender la aplicación del nuevo modelo tarifario, sin embargo, estamos en marzo y los recibos siguen incluyendo la nueva tarifa de acceso (al menos para los abonados de la ESPH y CNFL).  El 12 de marzo, el diputado oficialista, Manuel Morales Díaz, envió una carta al Director de la Intendencia de Energía de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP), Mario Mora, en el que solicitó que se cumpla con la suspensión del nuevo modelo, debido a la afectación financiera que actualmente sufren los hogares y empresas propietarias de paneles solares, pero la entidad no ha dado aún indicios de cambio. 

El problema de fondo es que la Ley 10086, aunque en su nombre sugiera el fin altruista de promover el uso de las energías renovables, dedica la gran mayoría de su articulado a definir condiciones, obligaciones, trámites, multas y regulaciones para los productores distribuidos, mientras que otorga a la ARESEP y las empresas distribuidoras las potestades para definir todo tipo de condiciones y límites a la generación distribuida.

Esta legislación es tristemente similar a una ley aprobada en España en 2015 y que tuvo que ser derogada en 2018, a la que se apodó satíricamente como “el impuesto al Sol”.  La única diferencia es que la versión tica ostenta un título rimbombante que sugiere que la ley busca “la promoción” de la generación distribuida de energía solar.  Al menos la versión española no era tan hipócrita y se limitaba solo a decir que la “regulaba”.  En realidad, lo que hace solapadamente es permitir a las empresas distribuidoras cobrar una tarifa para compensar las pérdidas causadas por el ahorro que logran los consumidores al producir su propia energía a partir del Sol.  Es casi como un esquema mafioso de extorsión: “si no querés que te garrotee, me tenés que pagar”.  

Al final, la ley de España fue derogada debido al rezago que causó en el desarrollo de la energía solar en ese país (y la burla de la que fueron objeto).  Sin embargo, acá, en vez de aprender de la experiencia española, los diputados del periodo anterior, liderados por Paola Valladares del PLN (quien propuso el proyecto), votaron por seguir a España en su error. 

Al igual que pasó en España, desde que la ley entró en vigor, y debido a las altas tarifas y las estrictas condiciones autorizadas por ARESEP, en nuestro país prácticamente se ha detenido la instalación de nuevos sistemas de energía solar.  Mientras que antes de octubre 2023 se establecieron cerca de 3500 contratos de generación distribuida, desde esa fecha hasta hoy prácticamente no se ha suscrito ninguno.

¿Qué otra prueba se necesita para catalogar a la ley 10086 como un fracaso absoluto más que haber aniquilado la propia actividad que pretendía “promover”?  Es obvio que esta ley, y su implementación por parte de ARESEP, han creado un escenario en el que, en lugar de aprovechar el potencial fotovoltaico de Costa Rica para contrarrestar los efectos y riesgos que nuestra matriz energética renovable enfrenta por el cambio climático, se ha sumido a la energía solar en una especie de eclipse, frenando su desarrollo.

Este obstáculo no nace de desafíos técnicos o falta de recursos, sino de regulaciones y decisiones políticas que, paradójicamente, desincentivan la inversión en fuentes limpias. En este contexto, la responsabilidad recae directamente sobre ARESEP y la Asamblea Legislativa para realizar los ajustes necesarios. Es imperativo que revisen y modifiquen la ley y sus regulaciones asociadas para verdaderamente fomentar el uso de energías renovables, eliminando las barreras actuales. Sin una acción decidida por parte de estos entes, el futuro energético sostenible de Costa Rica permanecerá bajo una sombra de incertidumbre.

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