Defensoría recomendó a Rodrigo Chaves convocar una mesa de diálogo para discutir reformas a la regla fiscal

La Defensoría de los Habitantes presentó el día de hoy un informe que examina el impacto de la regla fiscal que revela "preocupantes implicaciones para los derechos humanos, especialmente entre las poblaciones más vulnerables y en situación de pobreza".

El informe de la Defensoría indica:

La aplicación de la regla fiscal en el año 2023 ha ocasionado rigideces presupuestarias que afectan a programas sociales dirigidos a personas en situación vulnerable y en situación de pobreza y extrema pobreza, lo que ha resultado en una limitación en el acceso a servicios esenciales”.

Desde la Defensoría destacaron que “en la elaboración del informe se empleó una metodología multidisciplinaria que incluyó análisis documental, revisión de jurisprudencia, experiencias internacionales y entrevistas con expertos en economía y derechos humanos. La revisión de la jurisprudencia constitucional fue crucial, ya que ha experimentado cambios significativos en su enfoque hacia los derechos humanos en relación con las restricciones presupuestarias”.

Entre las instituciones más afectadas por la regla fiscal el informe identificó al Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), la Dirección General de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (DESAF), el Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (Conapdis) y el Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (Conapam).

Al respecto, la defensora de los Habitantes, Angie Cruickshank Lambert, señaló:

Costa Rica enfrenta el desafío de conciliar sus políticas de austeridad con sus compromisos en materia de derechos humanos; por lo que es imperativo que las políticas de austeridad se ajusten a los estándares internacionales de derechos humanos y prioricen la atención a las poblaciones vulnerables, incluso en tiempos de limitación de recursos”.

El documento fue enviado tanto al Poder Ejecutivo y a la Asamblea Legislativa e incluye 14 aspectos que la Defensoría recomienda a las autoridades sean tomados en cuenta en el proceso de revisar la regla fiscal:

  1. Establecer claramente el objetivo de la regla: La regla vigente se define en la ley como un límite al crecimiento del gasto corriente. Es necesario establecer si la regla busca corregir un desequilibrio de las finanzas públicas o estabilizar la economía dentro del ciclo económico.
  2. La implementación de un mecanismo de activación y desactivación de la regla: Con el objetivo de evitar que la regla fiscal acapare la centralidad de la política fiscal, es necesario que la normativa contemple un mecanismo endógeno que permita la suspensión de la regla en situaciones donde las finanzas públicas no constituyan una preocupación económica. Esto permitiría que la política fiscal cumpla su función de estabilización económica y redistribución de ingresos en la sociedad.
  3. Evaluación del impacto social del gasto restringido: La aplicación de la regla fiscal debe trascender un enfoque puramente mecánico. Es esencial realizar una evaluación exhaustiva que contemple beneficios, costos, impacto, eficiencia y calidad de los gastos a recortar o eliminar, tomando en consideración la importancia de estos gastos para la sociedad.
  4. Flexibilidad en la restricción del Gasto Social: La regla debería incorporar mecanismos que permitan excepciones o salvedades en su aplicación, especialmente en áreas críticas como salud, educación y seguridad. Debe tener en cuenta las necesidades de gasto que plantea la dinámica demográfica y el envejecimiento de la población, basadas en categorías, tipos o líneas de gasto específicas. Esta perspectiva busca reemplazar la exclusión total de instituciones de la aplicación de la regla por un enfoque más selectivo y específico.
  5. Permitir la compensación del límite de gasto entre las instituciones del Sector Público No Financiero (SPNF): Se sugiere la inclusión de mecanismos flexibles que permitan a las entidades que gestionan programas sociales superar el límite de gasto impuesto por la regla, considerando que otras entidades no necesiten utilizar completamente dicho límite. Esta flexibilidad garantizaría que el cumplimiento del límite de gasto se logre a nivel global del Sector Público No Financiero, en lugar de imponer una restricción estricta a nivel individual de cada institución.
  6. Compatibilidad con mandatos legales y constitucionales: Es esencial asegurar que la regla fiscal no entre en conflicto con los mandatos constitucionales y legales que asignan montos específicos a sectores e instituciones del SPNF. Debe permitirse la coexistencia y compatibilidad con estas disposiciones.
  7. Consideración de la estructura del Presupuesto Nacional: La regla fiscal debe tomar en cuenta la estructura del presupuesto nacional y sus rigideces, permitiendo la redistribución de recursos hacia entidades que proveen bienes públicos y atienden a poblaciones vulnerables, evitando limitaciones abstractas al crecimiento del gasto del SPNF.
  8. Transparencia y seguridad jurídica: Se recomienda eliminar la posibilidad de modificar variables de la regla fiscal a través de decretos ejecutivos, en particular cambios en la reglamentación. Esto garantizará su transparencia y evitará la introducción de inseguridad jurídica. La norma vigente ha presentado carencias en la claridad, tanto en lo que concierne al período presupuestario de verificación de la aplicación de la regla fiscal como en la interpretación de las cláusulas de escape.
  9. Definición clara de las cláusulas de escape: Las cláusulas de escape deben ser definidas de manera precisa en la ley para evitar interpretaciones inequitativas a través de la reglamentación, asegurando que los criterios fiscales y economicistas de la administración gubernamental no prevalezcan sobre el bienestar de la población.
  10. Reevaluar el rol de la Comisión Nacional de Emergencias (CNE) en la exención de la regla fiscal en casos de emergencia nacional: Considerar la posibilidad de otorgar a la CNE un papel más proactivo en la toma de decisiones relativas a la no aplicación de la regla fiscal en situaciones de emergencia, basado en su propio criterio.
  11. Desaplicación en caso de alta inflación: La regla fiscal debe prever su desaplicación en situaciones en las que la tasa de inflación supere la tasa de crecimiento del gasto corriente del Sector Público No Financiero autorizado por la regla, con el propósito de evitar reducciones reales en los recursos destinados a necesidades públicas.
  12. Posibilidad de un fondo soberano de estabilización o ahorro: Aunque la regla fiscal se centra en el gasto, se sugiere considerar la posibilidad de establecer un fondo soberano que acumule excedentes en momentos de crecimiento económico. Este fondo estaría destinado a atender a poblaciones vulnerables, proyectos de desarrollo, contingencias demográficas y otras necesidades, evitando la necesidad de recurrir a nuevos endeudamientos.
  13. Independencia del Consejo Fiscal: El Consejo Fiscal debe ser independiente del Poder Ejecutivo y contar con la capacidad técnica para evaluar la consistencia del marco fiscal y presupuestario, monitorear el cumplimiento de las metas fiscales y comunicar públicamente los resultados de sus análisis.
  14. Compatibilidad con la Agenda 2030 y los derechos humanos: La regla fiscal debe estar en consonancia con los compromisos asumidos por el país en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, especialmente en áreas como energía sostenible, salud, educación, agua potable, infraestructura y sostenibilidad de la deuda a largo plazo.

El informe de la Defensoría da una serie de recomendaciones a distintas autoridades, incluyendo al presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, al cual le recomienda convocar una mesa de trabajo con actores sociales para analizar y debatir la regla fiscal, así como presentar antes del 31 de diciembre “un proyecto de ley que incluya los consensos alcanzados en la mesa de trabajo y contendrá la propuesta para reformar la regla fiscal vigente”.

Adicionalmente, al ministro de Hacienda, Nogui Acosta Jaén, se le pidió remitir un estudio técnico, financiero y jurídico que determine la asignación de recursos económicos en varias partidas del Presupuesto Nacional de los años 2020, 2021, 2022 y 2023, con el fin de determinar y cuantificar cumplimiento anual en la asignación presupuestaria, desglosado por institución, y en caso de existir incumplimiento establecer si el mismo es consecuencia de la aplicación de la regla fiscal o si está determinado por otros factores limitantes.

Dato D+: Aunque las recomendaciones de la Defensoría no son de acatamiento obligatorio, el artículo 14 la ley de la Defensoría (Ley 7319) señala que su no acatamiento injustificado puede ser objeto de una recomendación de amonestación para el funcionario que las incumpla o, en caso de incumplimiento reiterado, de una recomendación de suspensión o despido, según corresponda.

El informe también incluyó recomendaciones para el director general de DESAF, Luis Alberto Ávalos Rodríguez, la gerente General del IMAS, y ministra de Inclusión Social y Desarrollo Humano, Yorleny León Marchena, la directora ejecutiva del Conapdis, Bilbia Alejandra González Ulate y a la directora ejecutiva del Conapam, María Emilia Mora Campos.