La nueva ley que regirá pronto para la contratación de obras públicas incluyó un mecanismo novedoso para la solución de controversias en el sector público en Costa Rica.  La nueva legislación hace obligatorio que las controversias que las partes no han podido resolver entre sí, y que surjan durante la ejecución de los contratos, sin que se suspenda dicha ejecución, sean resueltas por  un Comité de Expertos.  En general, se les conoce como “Dispute Boards”.

Los mecanismos alternativos de resolución de controversias han sido una práctica bastante generalizada desde que se promulgó la Ley RAC, como se le conoce comúnmente, en 1997. Pero no se había incorporado su obligatoriedad en contratación pública.

Según la Fundación de Mesa de Resolución de Disputas (DRBF en inglés), referente mundial a nivel de resolución de disputas en temas de construcción, los riesgos que buscan principalmente mitigar, radican especialmente en temas de tiempo y de precio de los contratos de obra pública, que son significativos.

Uno de los beneficios que ofrece este nuevo mecanismo  radica en la reducción de la litigiosidad. Las partes, en el marco de la ejecución contractual, podrán participar, obteniendo un resultado en un plazo relativamente corto,  sin que sea necesario acudir a la vía judicial o arbitral. Sin ese mecanismo, los diferendos obligarían a acudir a la jurisdicción, para obtener una decisión en un plazo excesivamente largo. Inclusive, en muchos casos, si el arbitraje está previsto, los costos y tiempo de resolución serían más altos que a través de un Comité de Expertos.

Los Comités de Expertos pueden ser ad-hoc o permanentes para un contrato de obra pública de larga duración. Un comité permanente permitiría evitar que situaciones de reducido impacto escalen a un nivel mayor y se conviertan en una controversia compleja provocando gran animosidad entre las partes. Además una depuración de las situaciones  mediante un constante acompañamiento de las partes bajo un estandarte de proposición de soluciones  bajo la buena fe contractual, facilita el  impulso de los proyectos hacia su compleción.

También existen retos. Uno de ellos atañe a la cantidad de personas especializadas para defender a las partes para integrar estos  Comités de Expertos. Si bien existen profesionales, actualmente acreditadas en este tipo de instrumentos contractuales, no es una lista numerosa.  Falta  una necesaria difusión de una cultura contractual en temas de esta índole,  en nuestro país, para asumir un reto de preparar más profesionales en  estas tareas.

La ley dice que los expertos que integren este comité pueden ser ingenieros, arquitectos o o cualquier otra profesión afín al objeto contractual.  No queda claro si los abogados pueden ser escogidos como “expertos” para resolver sobre temas relacionados con la construcción.  Como el reglamento a la ley no se ha promulgado, tampoco se conoce cuál será la forma para elegir a los integrantes de esos Comités.

Eso nos lleva al otro reto, que es la inexistencia actual del reglamento a la nueva ley. No existe aún el desarrollo reglamentario que pueda ser estudiado, criticado y revisado de previo a la entrada en vigencia de la ley. Estamos  supeditados a vivir únicamente con la ley, sin tener aún el prisma del  experimento reglamentario.

Por último, a modo de recomendación, se considera de importancia que se produzca una estandarización de los mecanismos contractuales utilizados por las Administraciones Públicas para contratar este tipo de obras. Ejemplo, la utilización  de los contratos estándar de FIDIC, o bien de los Contratos NEC, uniformarían  cláusulas y con ello, la interpretación contractual, como parte de las mejores prácticas en este tema.

En términos generales, la introducción de Comités de Expertos o “Dispute Boards” en los contratos de obra pública significa que Costa Rica se posiciona en la vanguardia regulatoria para  la resolución de controversias. Este nuevo  mecanismo cuyas decisiones no son vinculantes ni jurisdiccionales, facilitarán la ejecución eficiente de obras. No obstante, quedamos a la espera de asumir con diligencia los retos venideros, y asegurar una cultura contractual más desarrollada.

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