En el mes de septiembre la Corte Interamericana de Derechos Humanos notificó dos nuevas sentencias condenando a Costa Rica por violaciones a derechos humanos. Esto es muy poco común para el país. En los 42 años que tiene la Corte, solo ha dictado seis sentencias relativas a Costa Rica, incluyendo las dos más recientes.

La primera sentencia que la Corte IDH dictó contra Costa Rica fue en el caso Herrera Ulloa en el año 2004. Esta se refirió a un proceso penal y una condena impuesta al señor Herrera Ulloa por ejercer su libertad de expresión. La Corte determinó que Costa Rica violó el derecho a la libertad de expresión del señor Herrera Ulloa. Además, consideró que los recursos de casación existentes en ese momento no garantizaban el derecho a recurrir del fallo ante un juez, por lo que ordenó modificarlos.

Luego en 2012 vino el caso Artavia Murillo y otros, donde la Corte IDH condenó a Costa Rica por no permitir la fertilización in vitro. Unos años después, en el 2016, este mismo tema fue examinado en el caso Gómez Murillo y otros. Tomando en cuenta la condena recibida en el 2012, Costa Rica llegó a un acuerdo de solución amistosa en el cual el Estado reconoció su responsabilidad internacional.

En el 2018 la Corte IDH resolvió el caso Amrhein y otros, donde 17 personas, incluyendo los cinco exjerarcas del Banco Anglo, alegaban que no habían tenido acceso a un recurso que permitiera obtener una revisión amplia de sus condenas penales. En este caso la Corte IDH examinó las modificaciones judiciales que había realizado el Estado, ordenadas por la misma Corte en el caso Herrera Ulloa. La Corte IDH consideró que el proceso fue ajustado a la Convención Americana y solo condenó a Costa Rica por violación al derecho a la libertad personal de una de víctimas.

Finalmente, en 2022, la Corte condenó a Costa Rica en dos casos. Primero, el caso Moya Chacón y otro, donde, de forma similar al caso Herrera Ulloa, se condenó al Estado por las sanciones impuestas a dos periodistas en las sanciones civiles impuestas en un proceso por difamación. Segundo, el caso Guevara Díaz relativo a la decisión discriminatoria del Ministerio de Hacienda de no contratar al señor Guevara Díaz por su discapacidad. Ambas condenas contienen estándares interesantísimos que deberán ser aplicados por Costa Rica y los demás Estados parte de la Convención Americana, como parte del llamado control de convencionalidad.

Dejé por fuera el Asunto Viviana Gallardo y las seis Opiniones Consultivas que ha emitido la Corte IDH a solicitud de Costa Rica. El primero de estos, fue un caso que Costa Rica intentó que la Corte IDH conociera, pero sobre el cual la Corte no pudo pronunciarse por no haberse realizado el proceso previo ante la Comisión Interamericana. Por otra parte, las opiniones consultivas son dictámenes que hace la Corte Interamericana sobre cómo deben interpretarse las obligaciones de derechos humanos. En las Opiniones Consultivas no se ordenan reparaciones ni tampoco se condenan a los Estados. Sin embargo, las opiniones consultivas aclaran las implicaciones de las obligaciones de derechos humanos. Por tanto, actuar de forma conforme con las mismas, tal como lo hizo Costa Rica al permitir el matrimonio igualitario, previenen futuras condenas ante la Corte.

Es necesario aclarar que el aumento en el número de sentencias de la Corte IDH contra Costa Rica no es un reflejo del estado de la protección de los derechos humanos del país. Los hechos de los casos Moya Chacón y Guevara Díaz ocurrieron ambos en la década del 2000. Antes de ser conocidos por la Corte IDH, todos los casos deben ser decididos por la Comisión Interamericana, y este proceso, lamentablemente, es bastante lento y no tiene plazos fijos de duración. Por otra parte, una vez el caso es resuelto por la Comisión, existen plazos mucho más claros para decidir si se somete el caso ante la Corte. Por lo que, en la práctica, el momento en el que un caso llegue a la Corte IDH depende de todo lo que pase ante la Comisión. En principio la Comisión decide los casos en el orden en los que estos fueron presentados, pero también puede dar prioridad a algunos casos que ejemplifiquen violaciones estructurales o que permitan desarrollar estándares de derechos humanos. Así, la duración de los procesos ante la Comisión varía bastante, y claro, también puede influir si las partes del proceso envían la documentación necesaria en los tiempos correspondientes. Por esto, no es posible inferir por el solo hecho de que Costa Rica haya tenido dos condenadas en un mismo mes que exista situación particularmente preocupante en el país.

Actualmente, la Corte IDH tiene pendiente de decisión el caso Scot Cochran relativo a la detención de un ciudadano estadounidense en que no se le notificó de su derecho a contactar a su consulado. El caso aún no ha tenido audiencia pública, por lo que probablemente la sentencia quedará para el 2023.

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