El decreto 39529-H, firmado el 13 de enero de 2016, establece el cobro electrónico de los timbres fiscales. En ese instrumento se ordena que el Ministerio de Hacienda debe formalizar un “mecanismo electrónico que permita el cobro de dichos tributos de forma simple y unificada, que sea aceptable y comprensible para todas las instancias que están obligadas a exigir el pago de timbres fiscales en sus trámites”.
Asimismo, en esa disposición se derogó el uso del timbre fiscal tipo estampilla, a la vez que se habilitó su empleo hasta que se agotaran las existencias. Esto último sucedió hace más de tres años sin que exista, a la fecha, un mecanismo sustitutivo para el cobro de esos tributos de conformidad con lo indicado por el citado decreto.
La solución disponible para quienes requieren de un timbre fiscal es presentarse a una sucursal del Banco de Costa Rica (BCR), solicitar la impresión de un entero de gobierno y adjuntarlo a los documentos correspondientes. Esto, sin embargo, es un despropósito pues, en algunas ocasiones, el valor del timbre por adjuntar al documento resulta marginal (15 colones) frente al costo de obtenerlo (calculado sobre la base de los costos operativos y materiales del timbre). De esa manera, para la Administración y para nosotros los usuarios se hacen más onerosos algunos de esos gastos (el tiempo del personal que atiende, la electricidad, la impresión de una larga colilla doble de papel blanco y de carbón altamente contaminante) con lo que, en consecuencia, “el remedio terminó siendo más costoso que la enfermedad”, es decir, conseguir el timbre se convierte en el ejemplo perfecto de un trámite donde todos perdemos.
De cara a esta situación, hay soluciones que pueden ser implementadas. Así, por ejemplo, el sistema electrónico del BCR, “Tasaban”, permite el pago de los timbres de forma electrónica, aunque, para ello, se hace necesaria la colaboración del Registro Nacional ya que esta entidad es la única autorizada para el marcaje de los enteros.
Ahora bien, esa propuesta no es, ni de cerca, la única que podría formularse. Las autoridades competentes deberían estar en capacidad de implementar un sistema telemático con el que sea posible para cualquier persona, y no solo las instituciones públicas, realizar ese marcaje. Esto en la medida en que, por ejemplo, entre privados circulan múltiples documentos que requieren esos timbres y no van a llegar a ninguna institución que los marque.
La adopción de este sistema resulta más justificada debido a la crisis generada por el virus del SARS-CoV-2, dado que, en este momento, a los administrados se nos obliga -de manera absurda- a hacer filas, intercambiar papeles, aglomerarnos y, de esta manera, exponernos a ser infectados.
Es realmente lamentable que la Administración no se haya tomado este asunto con la seriedad del caso; resulta pasmosa, especialmente, la actuación del Ministerio de Hacienda, que ha venido dándole largas a una orden emitida por el decreto N.º 39529-H, causándonos a los administrados un enorme perjuicio y obligando a la Administración (con el BCR a la cabeza) a incurrir en gastos desmedidos.
La enfermedad COVID-19 nos ha mostrado la enorme utilidad de la digitalización de los trámites administrativos, y esta es una oportunidad de oro para avanzar en la dirección correcta. Por todo lo anterior, la discusión de este asunto parece impostergable.
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