¡Felicidades! La semana pasada la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) anunció el nacimiento de Isabel Lucía, y hace poco el de Sammuel, la primera y el primer bebé producto de la aplicación de la técnica de Fertilización In Vitro (FIV) en el país en la Unidad de Medicina Reproductiva de Alta Complejidad (UMRAC) de la Caja. ¿Por qué feliz? Primero que todo, un nacimiento producto de maternidades y paternidades deseadas es un motivo de felicidad para la familia. Pero también tuvieron que pasar años de procesos legales y enfrentamientos políticos para que esto se volviera una realidad.

Repasemos la historia. Desde el año 2000 la Sala Constitucional prohibió de forma general la aplicación de la FIV en el país. El 19 de enero del 2001, el señor Gerardo Trejos Salas presentó una petición inicial ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH. Pasaría el tiempo y hasta el 14 de julio de 2010 la CIDH aprobó su Informe de Fondo en el cual realizó una serie de recomendaciones al Estado. Sí, tendría que pasar aún más tiempo: al Estado costarricense se le otorgaron hasta tres prórrogas para el cumplimiento de dichas recomendaciones, asunto que no cumpliría. El caso se sometió a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), las audiencias públicas se celebraron en setiembre de 2012 y además recibió 49 escritos en calidad de amicus curiae.

Violación de derechos humanos. Ante la presentación del caso, la CIDH indicó que la prohibición absoluta que realizó la Sala Constitucional constituyó una injerencia arbitraria en los derechos a la vida privada y familiar, a formar una familia y al derecho a la igualdad, en tanto que el Estado impidió a las víctimas el acceso a un tratamiento médico que les hubiera permitido superar su situación de desventaja respecto a la posibilidad de tener hijos e hijas biológicos. Debe indicarse acá además que esta prohibición tuvo un carácter que impidió a parejas de determinados recursos la posibilidad de procrear, mientras que quienes tuvieron los recursos económicos suficientes, bien pudieron ir al exterior para optar por la FIV. Así que también la prohibición tuvo un impacto diferenciado según los ingresos económicos de las parejas.

En noviembre del 2012 ocurrió la emisión de la sentencia “Artavia Murillo y otros Vs. Costa Rica”: La Corte IDH determinó que el Estado violó los derechos a la integridad personal, a la libertad personal, protección de la honra y de la dignidad, y protección de la familia en relación con el compromiso de los Estados a respetar los derechos y libertades reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Por tanto, se obligó a Costa Rica a reestablecer la aplicación en el país, entre otros aspectos referidos a educación y capacitación en derechos humanos, derechos reproductivos y no discriminación.

Voces antiderechos. Por supuesto, antes de la sentencia grupos antiderechos se enfrentaron a la aplicación de la técnica y aún con una obligación internacional que cumplirla, hicieron todo lo que pudieron para evitar que la Asamblea Legislativa aprobara una ley. Las iglesias católicas y evangélicas protagonizaron marchas “por la vida” y en contra de lo que según ellos consideraban como un ataque a la familia y parte del denominado “combo de la muerte”, distintas personalidades políticas se opusieron con más fuerza aún y al final lograron seguir retrasando el cumplimiento de derechos humanos en el país.

La opción ejecutiva. No fue hasta el 11 de setiembre de 2015, cuando se publicó en La Gaceta un decreto del gobierno de Luis Guillermo Solís donde se autorizó la realización de la técnica con el objetivo de garantizar los derechos reproductivos de las personas con infertilidad. Con esto se logró evitar que el único camino posible fuese una legislación surgida de la Asamblea, donde distintos grupos continuaban su oposición, incluso el Partido Unidad Social Cristiana (PUSC) se había declarado en luto después de la sentencia del 2012. Por otro lado, el Estado continuó la violación de derechos y la Sala Constitucional decidió acoger un recurso de inconstitucional en contra del decreto y seis parejas acudieron nuevamente a la Corte IDH para demandar al Estado.

Así que la Corte IDH debió intervenir nuevamente: en febrero del 2016 resolvió validar el decreto ejecutivo y a apartir de esa fecha se empezó a aplicar la técnica FIV en clínicas privadas del país. Sin embargo, no sería hasta julio del 2019 que se inaugura la UMRAC y, así nacieron Isabel y Samuel, hijos de las primeras parejas con problemas de fertilidad que fueron atendidos con la FIV en la seguridad social. ¡Tuvieron que pasar 20 años! Se dice fácil, pero estos 20 años de seguro tuvieron fuertes impactos en los proyectos de vida conjunta de muchas parejas en el país

Para la Iglesia católica, movimientos neopentecostales, grupos anti derechos y demás voces del odio, el nacimiento de Isabel será parte del “combo de la muerte” y motivo de luto. Afortunadamente, sus argumentos apocalípticos, oscurantistas y falaces fueron derrotados una y otra vez. Hoy dos familias costarricense celebra la llegada de un nuevo miembro a sus hogares, y próximamente más familias acogerán hijas e hijos gracias a la implementación de la FIV por la CCSS. Eso debe ser motivo de celebración, por eso de nuevo: ¡Felicidades!

Mi reflexión es que en este y otros temas —como el matrimonio igualitario, para poner un ejemplo— Costa Rica continúa avanzando, sin embargo, es una fuerte llamada de atención que en este país tengamos que seguir acudiendo a sistemas internacionales de protección de derechos humanos para superar la oposición oscurantista, el odio y las ansias discriminatorias de algunos grupos.

Este artículo representa el criterio de quien lo firma. Los artículos de opinión publicados no reflejan necesariamente la posición editorial de este medio.