Las llamadas y mensajes acosadores de compañías de crédito se vuelven un dolor de cabeza para quienes han topado con la mala suerte de ver que su teléfono fue registrado a nombre de otra persona, o le contactan para pedirle que le diga a algún familiar que se ponga al día con sus deudas.

Por ello, en esta edición de Cívica 2.0 les enseñamos en qué casos puede denunciar y dónde hacerlo, pues dependiendo de su caso, podría ser la Sala Constitucional o el Ministerio de Economía, Industria y Comercio.

Escenario 1: Soy el deudor o un fiador

Si recibe llamadas o mensajes mortificantes deberá denunciarlo ante el Ministerio de Economía, Industria y Comercio.

La Sala Constitucional ha establecido que no entrará a conocer los recursos de amparo que sean presentados por deudores o fiadores que afirmen ser víctimas de acoso telefónico.

A fin de unificar criterios y brindar certeza jurídica sobre esta situación, este Tribunal resuelve que cuando la persona requerida para cancelar una deuda sea el deudor directo, no le corresponde a la jurisdicción constitucional determinar si las llamadas llevadas a cabo por la institución accionada para el cobro de la deuda en cuestión constituyen o no acoso, pues ello implica un análisis que excede la naturaleza sumaria del amparo.

—Sala Constitucional, sentencia 2012-008480 de las 11:42 horas del 22 de junio de 2012.

Escenario 2: Soy la persona de referencia del deudor

Si usted fue señalado como contacto de referencia por parte de la persona deudora o de un fiador que contrajo deudas con una empresa, y esta le contacta reiteradamente para decirle que esa persona está morosa, las llamadas y mensajes pueden constituir acoso.

En este caso, usted puede denunciar ante la Sala Constitucional, mediante un recurso de amparo.

Escenario 3: No soy el deudor, fiador ni referencia

Si le contactan reiteradamente para decirle que una persona, de la cual usted no es deudor, fiador o referencia, tiene una deuda con alguna empresa, los contactos pueden ser considerados acoso telefónico.

De igual forma, usted puede denunciar ese hecho ante la Sala Constitucional, mediante un recurso de amparo.

¿Cómo denunciar?

En Delfino.cr pusimos a disposición de ustedes un machote de recurso de amparo que puede presentar ante la Sala Constitucional, en casos de acoso telefónico.

Tenga en cuenta que al denunciar a una empresa privada, deberá entregar -además del recurso- un literal de persona jurídica de la empresa en cuestión.

Ese documento se adquiere en el Registro Nacional de la Propiedad y tiene un costo de 2800 colones.

En caso de que gane el recurso de amparo, la Sala condenará a la parte denunciada a pagar costas, daños y perjuicios, por lo que usted podrá cobrarlos luego en la vía civil.