Asamblea

Educación Ciudadana y Control Político

Sesión del 6 de agosto de 2026

Plazo cuatrienal (art. 119)

Ley que prohíbe el cobro de intereses o comisiones a quien pague anticipadamente un préstamo en entidades financieras

En contra - 30
A favor - 24
Ausente - 3
Rechazado

Propósito del Proyecto

Introduce una nueva prohibición que ampara al deudor actual o futuro y que consiste en que, luego del pago de dos mensualidades, ningún acreedor podrá cobrar comisión, tasa o cualquier otra carga financiera al deudor por anticipar el pago de su crédito, además, prohíbe que se produzcan reajustes de cuotas sin el consentimiento expreso del deudor y, en caso de producirse, deberán aplicarse al cálculo del crédito todos los dineros ingresados por concepto de intereses según el acuerdo inicial de la obligación crediticia, quedando proscrita la posibilidad de que el acreedor reinicie, como si se tratara de un crédito nuevo.