¿Cuál es el fundamento legal para contar con una política individual sobre el Convenio 190 de la OIT (el Convenio), que supuestamente han solicitado desde ya los inspectores del Ministerio competente? No sé. Pero, si se lo piden, mejor tenerlo a mano, ¿no?
Para investigar violaciones al Convenio, ¿armamos comisión? Si la armamos, ¿es permanente? ¿O se lo recargamos a recursos humanos? Pues aún no se sabe. Dependerá mucho de lo beligerantes que sean en la empresa, lo agresivos, lo quejosos o lo acosadores.
¿Cómo se identifican riesgos de acoso? Es una excelente pregunta. Mientras se define, podemos empezar por ver números: de dónde vienen más quejas, quiénes son clientes frecuentes como denunciantes y denunciados. Verifique si tiene conocimiento de cuántos trabajadores son parte en procesos judiciales por denuncias de violencia doméstica, amenazas, violencia contra la mujer y similares. Eso sí, le
Si le explico al personal este Convenio, ¿no será como alborotar un panal? Sí. Y se los tiene que explicar. Hay una obligación de capacitación y, si hace una política, la tiene que poner en conocimiento del personal. Próxima pregunta.
¿Qué va a pasar con la Corte? Opción optimista y resignada: seguirá todo como hasta ahora. Opción pesimista y probable: se saturará aún más, con causas hasta porque alguien le hace una mala cara, y los casos realmente graves irán a parar a esos despachos saturados en los que, además, escasea el presupuesto.
¿Cómo se mide el riesgo de violencia? No lo sé. Digamos que un manazo supera por mucho a hacer ojos de teodio. Pero no sé si hay unidades de intensidad como para los temblores. Sí sé que hay niveles de violencia en los que las palabras no alcanzan. Somos abogados, no psicólogos ni sociólogos. Tal vez salga un aparatico de medir en Temu.
¿Cómo se hace la gestión de riesgos de violencia? No sé. No sé si alguien sabe. Pero lo averiguaré y se los contaré.
¿Hay que darle pelota a las denuncias anónimas? Sí. Por mandato de ley, en un país donde tirar la piedra y esconder la mano es casi dogma de fe. Imaginate
¿Cuáles podrían ser las medidas de reparación en caso de violencia? No sé. ¿Una disculpa muy sentida y sincera? (Nada de eso de “Me disculpo por si usted interpretó esa gritada donde la mandaba a la m*#$ como violencia. Yo me responsabilizo de lo que hago, no de lo que usted interpreta”). ¿Plata? ¿Pagar la terapia? ¿Servicio social? ¿Donaciones a la obra de caridad favorita? ¿Chocolaticos? ¿Hacer las paces? ¿Ir por un helado? ¿Jugar a que aquí no pasó nada y borrón y cuenta nueva?
¿Cuándo vamos a saber algo más concreto? Diay… ¿qué decirte? Así como hay tiempos de Dios, hay tiempos judiciales o legales que nada tienen que ver con el concepto estándar del tiempo que conocemos. Uno diría que pasarán un par de años antes de que la Sala Segunda resuelva algo al respecto. Tal vez salga antes un criterio del Ministerio de Trabajo o sentencias de despachos laborales.
Lo que sí podemos decir es que, de corazón, a mí me encantaría llegar a ver un universo laboral y un mundo libres de violencia y acoso, y que los niños de hoy hereden un país así.
Pero no hay ser humano perfecto. Y, si lo parece, algo esconde o lo están valorando con los ojos del amor.
Pero, además, no creo que eso se logre con un Convenio, por más bonita y utópica que sea la redacción, elaborado en un escritorio o en una mesa de trabajo, desde una ONG sin contacto con la realidad de los países que lo suscriben.
También reconozco que, si no hemos aprendido con las dolorosísimas estadísticas nacionales que tenemos que hacer algo respecto de la violencia, entonces al menos tenemos que contar con respaldo legal —por eso lo de Sentimientos en Conflicto—.
La aplicación de este Convenio es como la Sagrada Familia: obra en proceso. Los mantendremos informados.
Es bonito esto del derecho laboral. Es vivo, cambiante, interesante, retador. Nos pone a pensar, a razonar y a resolver. Nos obliga a ser flexibles y a adaptarnos.
De fijo, se vienen cositas.
