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Imagen principal del artículo: ¡Agárrense, que ahí viene el Convenio 190 de la OIT!

¡Agárrense, que ahí viene el Convenio 190 de la OIT!

Bueno, en realidad, ya vino. Entró en vigencia el pasado 2 de octubre y promete ser de esos huracanes legales que dejan todo despeinado.

¿Por qué? Porque, hasta ahora, las definiciones de acoso laboral requerían el transcurso de al menos seis meses, actos repetidos, ejemplos de conductas, etc., y, en general, eran casos difíciles de probar.

Pues con el Convenio se revoluciona todo. Por ejemplo:

El concepto de violencia y acoso en el trabajo. Ahora esas conductas:

  • Pueden ocurrir una única vez o repetirse —desaparece la necesidad de que sean conductas repetidas a lo largo de varios meses.
  • Deben tener el objetivo o la potencialidad de causar daño físico, psicológico, sexual o económico —estará interesante ver cómo se podrá probar esa intención y ese potencial de forma objetiva en un sistema donde, en caso de duda, se resuelve a favor del trabajador.
  • Incluyen cualquier forma de violencia y acoso por razón de género.

El espacio laboral, que incluye, además del centro de trabajo, los siguientes espacios:

  • Donde el trabajador descansa, come o se viste. Incluye instalaciones sanitarias y vestidores —que no es mala idea. Muchos agresores aprovechan la ausencia de cámaras o la privacidad propia de esos lugares para agredir impunemente.
  • Los viajes, desplazamientos, actividades sociales o de formación relacionados con el trabajo —¿podría ocurrir acoso en una fiesta de Navidad del trabajo? Por supuesto que sí. Esto era así desde antes del Convenio.
  • Las comunicaciones relacionadas con el trabajo, en cualquier formato —WhatsApp, audios, mensajes en cualquier red social, correos electrónicos…
  • El alojamiento proporcionado por el patrono.
  • Los trayectos desde y hacia el trabajo —por ejemplo, en los buses que ponen las empresas o en los parques empresariales.

Las posibles víctimas: aparte de los trabajadores, el Convenio incluye pasantes, contratistas, proveedores, trabajadores despedidos, voluntarios, candidatos a una posición, etc.

Lo que le toca a Costa Rica como miembro ratificador del Convenio:

  • Prever sanciones para los casos de violencia y acoso en el trabajo.
  • Asegurarse de que estos casos sean confidenciales.
  • Ofrecer a las víctimas mecanismos de presentación de quejas, solución de conflictos y asistencia.
  • Permitir que todo trabajador se aleje de una situación de trabajo sin represalias cuando tema por su vida, su salud o su seguridad debido a una situación de violencia o acoso.
  • Emitir la legislación correspondiente, que aún está pendiente.

¿Qué hacer aparte de quejarnos y decir quesunabarbaridáyesunescándalo?

Lo primero: hacer conciencia. ¿Será que en serio se requiere un convenio internacional para que, como país, recordemos que todas las esferas sociales, incluido el trabajo, deben estar libres de cualquier tipo de violencia?

Tal vez eso sea mucho pedir en un país como el nuestro, en el que ni siquiera los niños se libran de esa plaga y celebramos llegar a fin de año con menos de 800 homicidios (¿ah?), pero ahora, por mandato legal, los ámbitos laborales deben estar libres de violencia.

¿No quiere que lo despidan o le hagan un procedimiento por violación al Convenio 190? Mi recomendación profesional: compórtese como una persona decente. No sea sangrón, patán, bully, gritón, grosero, intrigoso, machista ni misógino. Todos tenemos la capacidad de portarnos bien.

Lo segundo: advierta al personal del cambio. Ese jefe que todos reconocemos como un gruñón, pero que saca la tarea, puede ser de los que inauguren la fila de denunciados. Dejemos de tolerar lo intolerable. Esa persona tóxica, con esas conductas violentas que todos sabemos que existen y sobre las que nadie dice nada, aparte de ser insolente, altanera, inmadura y tener poco control de impulsos, ahora además se convierte en una contingencia legal.

Lo tercero (pero no menos importante): hable con su abogado. Esa política contra la violencia y el acoso urge tenerla lista, alineada con el Convenio. Probablemente ya tenemos algo adelantado y solo sea cosa de ajustarla.

Respire. Exhalo atarantazón e inhalo calma. Apliquemos el remedio histórico nacional de esperar a que se aclaren los nublados del día. ¿Se emitirá nueva legislación? ¿Qué dirán los magistrados de la Sala Segunda al resolver estos casos? ¿Cómo calza este convenio en una cultura con alta sensibilidad ante cualquier interacción que le desagrada y corre a calificarla de violencia, aunque no lo sea? Esperemos a ver cómo se van desarrollando las cosas.

Ya no le podremos decir a Fulanito “¡Es que te voy a matarrr!” con cada torta que se jala. No se puede, por más confianza. No vaya a ser que abran procedimientos.