La medida cautelar se mantendrá hasta que la Sala Constitucional resuelva un amparo ampliado contra MICITT, Presidencia y SUTEL.
El magistrado Paul Rueda Leal, de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, ordenó este miércoles suspender de forma inmediata tres licitaciones abiertas por la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) para asignar frecuencias de radio y televisión, al estimar que el proceso podría provocar una reducción sustancial en los servicios de radiodifusión del país.
La medida se dictó dentro del expediente 25-031501-0007-CO, cuyo análisis por el fondo fue asignado a Rueda Leal, quien emitió la resolución a las 10:11 horas de este 26 de noviembre.
El magistrado dispuso la paralización de las licitaciones 2025LY-000001-SUTEL (AM), 2025LY-000002-SUTEL (FM) y 2025LY-000003-SUTEL (TV), así como sus expedientes administrativos asociados, hasta que exista sentencia en el proceso de amparo o hasta que la Sala determine otra cosa. Según el documento emitido por Rueda, la medida se adopta para evitar "la posible ocurrencia de daños severos" y ante el "grave riesgo de una disminución significativa de los servicios de radiodifusión (tanto televisivos como radiofónicos)".
El magistrado señaló que, según lo alegado, el número de ofertas recibidas por SUTEL (20 para FM, 1 para AM y 4 para televisión) podría traducirse en una reducción de al menos dos tercios de la oferta actual disponible, lo que justificaría la intervención cautelar.
El recurso que motivó la suspensión fue admitido a estudio por el fondo el 24 de noviembre. La acción fue presentada por una persona usuaria de los servicios de radiodifusión, quien cuestionó la metodología, los criterios de asignación y los montos fijados para las frecuencias incluidas en la subasta.
Según informó el tribunal ese día, la parte recurrente sostiene que el modelo diseñado por SUTEL, basado principalmente en criterios económicos y con diferencias significativas en los precios entre regiones, podría limitar el acceso al espectro radioeléctrico de medios pequeños, comunitarios, regionales, culturales, religiosos y estatales, lo que favorece la concentración en grandes operadores. El recurso también plantea posibles afectaciones al pluralismo informativo, la libertad de expresión, la igualdad, la transparencia y la continuidad del servicio en zonas menos rentables.
En la resolución de curso, la Sala pidió al Ministerio de la Presidencia y a SUTEL rendir un informe único sobre los hechos alegados en un plazo de tres días hábiles. Más tarde, con la suspensión dictada este miércoles, el tribunal amplió además el alcance del amparo para incorporar como recurrido al Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT), que se suma ahora a las entidades señaladas inicialmente.
El Colegio de Periodistas y Profesionales en Ciencias de la Comunicación Colectiva (Colper) informó el lunes que presentó una coadyuvancia en este expediente. La organización citó la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Pueblos Indígenas Maya Kaqchikel de Sumpango y otros vs. Guatemala (2021), donde el tribunal regional concluyó que asignar frecuencias mediante procedimientos en los que la oferta económica opera como criterio principal o excluyente constituye un supuesto de discriminación indirecta al agravar desventajas estructurales frente a grandes operadores.
El Colper recordó que la Corte fue clara al afirmar que "no basta con procedimientos de subasta basados en la libre competencia" y que los Estados deben adoptar acciones afirmativas para remover barreras que impiden el acceso en condiciones de igualdad al espectro radioeléctrico.




