Poder Judicial actualizó los montos de las sanciones de la Ley de Tránsito en todas las categorías, desde las más graves hasta las leves.
El Consejo Superior del Poder Judicial ajustó a la baja los montos de las multas de tránsito que la Ley 9078 fija para las distintas infracciones. La reducción será de 0,22% y regirá a partir del 1.º de enero de 2026, según una circular publicada este miércoles en el Boletín Judicial.
La circular N.º 220-2025 señala que el Consejo Superior, en la sesión 103-2025 del 11 de noviembre, acordó comunicar la actualización de las sanciones económicas previstas en los artículos 96 y 143 a 147 de la Ley de Tránsito, de conformidad con lo que establece el artículo 148 de esa normativa.
Con el ajuste, las infracciones de categoría A —las más graves del sistema— tendrán una multa de ₡362.839,14 en 2026, frente a los ₡363.639,15 que rigieron durante 2025. En este grupo se incluyen, entre otras conductas, la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas dentro de los rangos sancionados por la ley, circular a más de 120 kilómetros por hora, manejar con la licencia suspendida, adelantar en curvas o puentes y negarse a la prueba de alcoholimetría.
Las multas de categoría B quedarán en ₡245.195,06, frente a ₡245.735,68 del año anterior. Esta escala cubre, por ejemplo, los casos en que un conductor permite que menores de 12 años que midan menos de 1,45 metros viajen sin dispositivos especiales de seguridad, irrespeta señales de alto y semáforos en rojo, conduce vehículos con placas alteradas o falsas o sobrepasa en más de 40 km/h el límite máximo de velocidad establecido.
En el caso de la categoría C, la sanción económica pasará de ₡122.867,84 a ₡122.597,53. La normativa ubica aquí conductas como conducir vehículos de carga pesada en zonas urbanas o suburbanas no autorizadas, circular con exceso de carga, incumplir los recorridos del transporte público, manejar sin luces reglamentarias en horario nocturno, utilizar el teléfono móvil sin manos libres, exceder en más de 30 km/h el límite de velocidad o no usar cinturón de seguridad ni casco en motocicletas y bicimotos, entre otras.
Las infracciones de categoría D tendrán, desde enero, una multa de ₡60.679,58, levemente inferior a los ₡60.813,37 que aplicaron en 2025. En este grupo se incluyen, por ejemplo, el irrespeto de señales de tránsito fijas o de las indicaciones de la autoridad, el incumplimiento de las normas de uso de rotondas, carril central y maniobras de retroceso, la circulación en vías con restricción dispuesta por Ingeniería de Tránsito, el uso de taxis o servicios especiales fuera de las zonas autorizadas o sin contrato, y la circulación sin estar al día con el derecho de circulación y el seguro obligatorio.
La escala más baja, la categoría E, también registra una ligera rebaja. La multa baja de ₡26.062,87 a ₡26.005,53. Aquí se ubican conductas como causar daños o lesiones culposas que no se someten a otra legislación, evadir el pago de peajes, transitar sin los documentos exigidos por la ley, infringir las normas de adelantamiento y de paso a peatones, circular con placas en sitios no reglamentarios o con licencias vencidas, utilizar bocinas y altoparlantes en horarios o lugares prohibidos y otras faltas relacionadas con peatones, ciclistas y usuarios de dispositivos como patinetas o patines en vías no autorizadas.
El ajuste también alcanza los montos vinculados al uso de estacionamientos preferenciales. La ocupación indebida de estos espacios por personas no autorizadas se mantiene como infracción de categoría C, por lo que su multa bajará a ₡122.597,53. Además, la circular recuerda que el propietario de un estacionamiento que no denuncie de inmediato a las autoridades de tránsito a quienes ocupan esos espacios sin autorización afronta una multa equivalente a cinco veces la categoría C, que pasará de ₡614.339,21 a ₡612.987,66.




