Proyecto prohíbe el uso profesional o industrial del insecticida fipronil.

La Comisión de Ambiente de la Asamblea Legislativa dictaminó afirmativamente el proyecto de ley 24.127, que propone prohibir de manera parcial el uso del insecticida fipronil, debido a su impacto nocivo sobre las abejas y otros organismos polinizadores.

El dictamen fue aprobado el pasado 1° de abril con cinco votos a favor y uno en contra. La iniciativa fue presentada por el diputado del Frente Amplio, Ariel Robles Barrantes, y respaldada por su bancada.

Votaron a favor del proyecto en comisión Oscar Izquierdo Sandí y Katherine Moreira Brown, del Partido Liberación Nacional; Manuel Morales Díaz, del oficialismo; María Marta Padilla, diputada independiente; y Robles Barrantes. En contra se manifestó Alejandro Pacheco Castro, del Partido Unidad Social Cristiana.

El texto aprobado por la comisión prohíbe expresamente el uso profesional o industrial del fipronil, clasificado como “moderadamente peligroso” por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO). Para su aplicación en actividades agrícolas, se requerirá receta profesional, supervisión técnica especializada y un sistema de fiscalización.

En el ámbito veterinario, el uso quedará limitado a tratamientos directos en animales dentro de instalaciones pecuarias controladas, también bajo receta. Además, los envases deberán advertir sobre los efectos del producto en organismos acuáticos y abejas, con una leyenda que indique la prohibición de verter residuos en cuerpos de agua.

La regulación de la comercialización y uso del fipronil quedará en manos del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), el Servicio Fitosanitario del Estado (SFE) y el Servicio Nacional de Salud Animal (Senasa).

La propuesta también declara de interés público la protección integral de las abejas, con énfasis en las especies nativas y endémicas. El objetivo es frenar su declive poblacional, asociado al uso indiscriminado de agroquímicos.

El MAG quedaría facultado para restringir o prohibir otras sustancias químicas o equipos agrícolas si estudios científicos demuestran riesgos para las abejas o si se requiere aplicar el principio precautorio ante posibles impactos ambientales.

Mientras se realizan los estudios técnicos necesarios, el SFE deberá implementar medidas de protección preventiva, en coordinación con el MAG y el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae), quienes liderarán la investigación científica.

La iniciativa también contempla acciones de capacitación y promoción de prácticas agropecuarias más sostenibles, como parte de una transición hacia modelos productivos que protejan la biodiversidad.

El proyecto pasa ahora al plenario para el trámite de mociones de fondo vía artículo 137 del Reglamento o bien, su discusión y votación en primer debate.

Breves

Con 33 votos a favor y 9 en contra se aprobó en primer debate el expediente 23.062 "Desafectación de terrenos propiedad del Estado y de la Municipalidad de Golfito y autorización para permutarlos con terrenos de sujetos privados para el desarrollo y ordenamiento portuario y turístico de la Ciudad de Golfito". 

Proyectos dictaminados

— La Comisión de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo dictaminó afirmativamente el expediente 24.447 "Ley para la modernización del trámite presupuestario municipal por medio de la reforma a los artículos 99, 104, 105, 106 y 111 del Código Municipal, Ley N.° 7794, de 30 de Abril de 1998 y artículo 2 de la Ley N.° 7509, de 9 de mayo de 1995" y el expediente 24241 "Ley para garantizar la transparencia en la elección de la presidencia del Concejo Municipal".

Leyes publicadas

En el Alcance N.º 46 a La Gaceta N.º 64 del 3 de abril se publicaron y entraron a regir las siguientes leyes:

Ley 10.635 "Reforma a los artículos 1, 3, 6, 11, 12 y 24 y derogatoria del artículo 5 de la Ley de Patentes del cantón de Sarapiquí No. 9935 del 18 de diciembre del 2020", que se tramitó bajo el expediente 23.924. Esta iniciativa se aprobó en segundo debate el 20 de enero de 2025, por lo que transcurrieron 73 días para que fuera publicada en el diario oficial.

— Ley 10.663 "Reforma del artículo 8 y del inciso a) del artículo 11 de la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley No. 7638, del 30 de octubre de 1996, y sus reformas" que se tramitó bajo el expediente 24.402. Esta iniciativa se aprobó en segundo debate el 18 de febrero de 2025, por lo que transcurrieron 44 días para que fuera publicada en el diario oficial.