Juzgado ordenó que docente no pueda acercarse ni perturbar al niño en el lugar de estudio durante el curso lectivo.
La Defensoría de los Habitantes planteó ante el Juzgado de Familia una solicitud de medida de protección cautelar a favor de una persona menor de edad con discapacidad que sufrió agresión física en una escuela pública por parte de un docente.
El proceso de protección cautelar es un juicio recientemente creado por el Código Procesal de Familia, que tiene el fin de proteger los derechos de las personas en estado de vulnerabilidad (personas menores de edad, personas con discapacidad y adultas mayores, indígenas, entre otras). De conformidad con el artículo 34 de ese Código, la Defensoría cuenta con la facultad para interponer este tipo proceso.
La madre de la persona menor de edad recurrió a diferentes instancias del Ministerio de Educación Pública (MEP), pero no recibió respuesta satisfactoria. Por tanto, la madre solicitó la intervención de la Defensoría de los Habitantes y se realizó una investigación en la cual se emitió un informe final que constató una serie de yerros en el procedimiento administrativo y emitió recomendaciones.
En atención a dicha legitimidad y a que la situación denunciada persistía, la Defensoría decidió interponer el proceso cautelar de protección para resguardar la integridad física de la persona menor de edad, debido a que el docente seguía impartiendo lecciones en dicha escuela.
El ente defensor solicitó al juzgado adoptar urgentes medidas provisionales que aseguren el derecho a la integridad física, psicológica y emocional de la persona menor de edad, así como el derecho a una educación inclusiva en un espacio seguro.
Ante esto, el juzgado acogió varias medidas cautelares, entre ellas, ordenar a la directora del centro educativo asignar a otra persona docente a efecto de que no se vean suspendidos los apoyos educativos que él requiera en ejercicio de su derecho a la educación durante todo el curso lectivo 2025. Adicionalmente que la persona docente no pueda acercarse ni perturbar al niño en el lugar de estudio durante todo el curso lectivo.
También se ordenó a la directora del centro educativo ofrecer a la mayor brevedad posible un acompañamiento profesional a la persona menor de edad.