Magistrados calificaron la medida como desproporcionada y violatoria al derecho de expresarse libremente.
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró con lugar un recurso de amparo interpuesto contra la empresa de seguridad privada ISASECA S.A., tras considerar que su personal amenazó la libertad de expresión de un asistente al concierto de Roger Waters realizado en diciembre pasado en el Estadio Nacional.
Según la resolución 2025-4957, dictada el 18 de febrero y divulgada este viernes por la Sala, el incidente ocurrió cuando el recurrente intentó ingresar al evento portando una bufanda que hacía las veces de bandera de Palestina. Un oficial de seguridad de ISASECA intentó confiscarla, lo que generó un forcejeo que fue grabado en video y aportado como prueba en el expediente.
De acuerdo con el Tribunal, el intento de decomiso constituyó una amenaza real al derecho de manifestación y expresión de ideas del recurrente, quien asistió al concierto para expresar su simpatía con la causa palestina. La Sala señaló que no existía ningún motivo de orden público que justificara la acción del agente, por lo que la medida resultó desproporcionada y carente de sustento.
En un comunicado emitido posteriormente, la empresa de seguridad aseguró que “el actuar del oficial (...) fue una decisión personal” y ofreció disculpas por lo ocurrido. También afirmó que la productora del evento, AGV Live Concerts, no había emitido ninguna instrucción para prohibir el ingreso de banderas. La Sala dio por acreditada esa versión y declaró sin lugar el recurso en contra de AGV.
Los magistrados indicaron que ISASECA, como empresa privada que ejerce funciones de control en eventos masivos, se encontraba en una posición de poder que le permitía afectar derechos fundamentales. Por esa razón, calificaron como admisible el recurso, aun tratándose de un sujeto privado.
“La bufanda en función de bandera la utilizaba para manifestar su simpatía con Palestina”, consignó el fallo. La Sala concluyó que el decomiso de ese objeto, sin razones objetivas ni amenaza a terceros, lesionó el derecho constitucional del recurrente a expresarse libremente.
La Sala también señaló que debía tomarse en cuenta que el cantante Roger Waters es una persona activista respecto a cuestiones políticas y sociales.
Si bien en el comunicado que realizó la propia empresa de seguridad se indicó que “lo que se le solicitó fue retirar, únicamente, los palos que sostenían la bandera” -lo cual se puede comprender como una medida adoptada para resguardar la seguridad de las personas en el concierto-, no menos cierto es que en el video aportado se observa con claridad que el oficial dice que “debe confiscar la bandera” por indicaciones de sus superiores, sin que existan elementos que hagan pensar lo contrario. Debe tomarse en cuenta que el actuar del oficial de seguridad no pudo concretarse por causas ajenas a este, pues se observa que la presión social de los asistentes al concierto y el propio forcejeo impidió al agente cumplir su cometido. Bajo este panorama, si bien al recurrente no le confiscaron la bufanda, lo cierto es que se determina que sí existió una amenaza real y objetiva de hacerlo".
Como consecuencia, el Tribunal ordenó a ISASECA abstenerse de incurrir nuevamente en hechos similares y condenó a la empresa al pago de costas, daños y perjuicios, que deberán determinarse en sede civil.