Salarios. El aumento aprobado para los salarios mínimos a partir del 1 de enero del 2025, es de 2.37%. En el caso de trabajadoras domésticas, el aumento es de 2,33962% adicional para un total de aumento del 4.70% y para Trabajadores en Ocupación Especializada Genérico del 0,5562880% adicional, para un total del 2.92%. Aquí la información oficial. La lista de salarios mínimos con los montos de salario por ocupación, no ha sido publicada aun.

Recuerde que para efectos de aplicación de embargos, el salario mínimo que se debe garantizar al trabajador es el de una trabajadora doméstica.

Impuestos. Como todos los años, hay un ajuste en los rangos de impuesto al salario y los créditos fiscales por familiares. Para el 2025, se aplicarán estas condiciones:

Los créditos fiscales a aplicar mensualmente son:

  • Por cada hijo/a: 1.720 colones
  • Por cónyuge: 2.600 colones

Feriados. A partir del 2025, ya no habrá traslado de feriados. Aquí pueden encontrar la versión oficial del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social sobre los días feriados, su naturaleza y pago. Dato adicional: Aun no se aprueba como feriado el día del padre.

Multas. En nuestro país, muchas sanciones legales a nivel penal, administrativo, laboral, etc. se aplican basadas en la unidad de “salario mínimo”, por ejemplo: X salarios mínimos por presentación tardía de una declaración. Este salario mínimo corresponde al salario de un auxiliar del Poder Judicial. El monto para el 2025 sigue siendo el mismo desde el 2021: 462,000 colones

Sugerencias adicionales:

  • Hostigamiento sexual. Revise su política de hostigamiento sexual y actualícela, de ser necesario. Contar con esta política es obligatorio y debe contar con los cambios que se le han hecho a la ley, por ejemplo, que el plazo de prescripción de los hechos a denunciar es de 8 años, que la empresa debe llevar un registro público de las personas sancionadas por hostigamiento y que la denunciante debe contar con un correo electrónico para notificaciones.
  • Correo electrónico para notificaciones de las sociedades. Con la aprobación de la Ley 10.597, todas las sociedades existentes en el país deben registrar ante el Registro Nacional un correo electrónico para recibir notificaciones. Sobra insistir en la importancia y delicadeza que representa esto, la selección del correo y la atención de este, porque los plazos correrán a partir del momento en que se envíen notificaciones a esta dirección. El Registro Nacional tiene plazo a mayo del 2025 para emitir el procedimiento para ello y a partir de ese momento, se cuenta con un año para registrar el correo de cada sociedad. Aunque hay un plazo para su implementación, conviene tomar medidas desde ya.
  • Hable con su abogado. La asesoría legal es parte primordial de su operación. Sus abogados deben ser personas de confianza, con quienes se puede discutir abiertamente aspectos confidenciales, para poder llegar a soluciones prácticas y ajustadas a las necesidades de la empresa. Conversar sobre las expectativas de ambos, los servicios, mejoras, retroalimentación, recomendaciones y planes para este 2025 será en beneficio de ambas partes.

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