El tema de la pesca de camarón con redes de arrastre, lleva en polémica ya muchos años, en gran medida bajo el supuesto de ser una actividad económica importante para Puntarenas. No obstante, el análisis de esta actividad con la radiografía de los datos, nos dice otra cosa, veamos: en el 2012, se sabía que un barco camaronero arrastraba, es decir rompe el suelo, en una proporción de 32.936.8 hectáreas anuales (Porras: 2008, p 16). Si contamos que había entonces 26 barcos camaroneros (datos de INCOPESCA), el impacto sobre el suelo marino de esta flota sumó un total de 856.356.8 hectáreas (unos 8,563 km2, lo que equivale al territorio de Guanacaste). Pero más aún, en estos años, el promedio de extracción fue de unas 1500t métricas, es decir, 1.500.000 kg. Una simple conversión de productividad: si dividimos la producción de camarón entre el número de hectáreas de suelo devastada el resultado es el siguiente:
1.500.000 kg / 856.568 has = 1.75 kg/ha
Según este resultado el negocio del camarón no está entonces en pescarlo, pues menos de 2kg por hectárea no alcanza para cubrir los gastos. El detalle es que en estos años los datos de los camaroneros, emitidos por INCOPESCA reportaban descargas con un promedio de solo 2% de camarón y 98% de pescado[1], este último como “pesca incidental”[2], en otras palabras, los camaroneros no pescaban camarón sino pescado de escama, que es el recurso de los pescadores artesanales.
Este fue uno de los fundamentos por los cuales se tramitó una inconstitucionalidad contra la actividad camaronera que produjo la sentencia constitucional 10540-2013, que viene a cimentar ampliamente lo que podemos llamar el derecho ambiental pesquero. A esta situación se suman estudios que indican que la actividad camaronera cubría con pésimas condiciones laborales a unas 590 personas (UNA, 2016 p 18).
Pero entonces ¿no hay alternativa? Todo lo contrario, se cuenta con alternativas muy promisorias y ambientalmente responsables. En las dos entregas anteriores, hablamos de la inmensa riqueza atunera nacional y de la presencia de oportunidades importantes.
Partamos de la oportunidad del recurso atún fresco ya no solo para Puntarenas, sino para las comunidades costeras del Pacífico Costarricense. Como se señaló en otro artículo, la reforma de ley ordena la prohibición a barcos atuneros internacionales de pescar dentro de las primeras 85 millas a partir de la costa. Pero este alejamiento es ineficiente por sí solo; si bien facilita la presencia de mucho más atún disponible cercano a la costa, según reportes de los mismos pescadores[3], al tratarse de una especie veloz que viaja en escuelas (grupos grandes de individuos) resulta difícil de ubicar.
Estas nuevas circunstancias implican generar nuevas formas de aprovechamiento: se requieren lanchas más veloces que cuenten tanto con radares, nuevas artes dirigidas, como con personas capacitadas, y soporte en puerto para proveer combustible, hielo, además de recibir y procesar adecuadamente el producto y pagar un buen precio por él. Así enfrentamos un nuevo paradigma de pesca: pesca responsable dirigida a una especie de alto valor.
Según datos del Incopesca durante las últimas décadas, la flota nacional compuesta por embarcaciones de pequeña y mediana escala, avanzada y turística ha tenido participación limitada en el aprovechamiento del recurso atún, siendo la flota de mediana y avanzada la que ha presentado una mayor captura[4]. Por su parte la flota artesanal, si bien ha logrado capturas se ha visto históricamente limitada dadas su corta autonomía (3 millas) y escaso o nulo desarrollo tecnológico. La flota de pesca turística, por otra parte, hasta la fecha había estado vedada de comercializar su captura.[5]
La reforma legal establece condiciones para cambiar este panorama, creando una flota nacional atunera, pero, a diferencia de la internacional, la nuestra se dirige al atún fresco. Para ello, elimina trabas de distancia para las embarcaciones nacionales, facilita regulaciones para promover el acondicionamiento de embarcaciones más veloces y con mayor capacidad. Así mismo, permite la pesca comercial a las embarcaciones rápidas de pesca turística, mediante la solicitud de un permiso especial en temporada baja (art.79). Además, crea fideicomisos y condiciones para facilitar emprendimientos de captura y comercialización de esta especie.
Ejemplifica lo anterior el que una embarcación equipada con motores más potentes, radar y sonda de profundidad, dotada con un arte selectivo y una hielera suficiente, podría capturar hasta 500kg de atún fresco y volver a puerto el mismo día. Si por kilogramop de atún en puerto se pagaran $10, el viaje produciría $5.000, pudiendo resultar en $4.000 netos, con la posibilidad de realizar dos viajes semanales. Este monto podría multiplicarse y con el tiempo derivar en 5.000 t anuales de atún fresco (una décima parte de lo históricamente regalado por el país). Dichas toneladas pagadas al pescador a $10 por kg pueden rendir 50 millones de dólares para las comunidades costeras, solo por concepto de pago en puerto, más la ganancia de comercialización para beneficio de las comunidades locales. Estas son cifras claramente superiores a aquellas posibles en las condiciones anteriores de pesca de camarón e incluso a las actuales de pesca artesanal y de palangre, ni qué decir respecto a las de pesca de atún de los últimos 30 años y todo ello con un impacto ambiental beneficioso al dirigirse a una sola especie abundante. La ley también posibilita rescatar la pesca de atún con caña, técnica desaparecida en la práctica y la legislación nacional en los años 70 y que podría ser tema de otro artículo. La nueva ecuación sería entonces:
5.000 tm (5.000.000 kg) x $10 por kg = $50.000.000
Los viejos modelos de extracción masiva de recursos que menguaban al país y al sector pesquero resultan perniciosos frente al modelo de su disposición más racional que ya está contemplado en la ley y cuya aplicación requiere resolver los siguientes asuntos:
- Reglamentación: pese a la publicación de la reforma en 2022, queda pendiente el decreto ejecutivo que reglamente las licencias y las condiciones de las embarcaciones: su autonomía, características básicas, artes de pesca, condiciones de seguridad y de control satelital, así como los fideicomisos de promoción de la pesca de atún fresco, además de lo relativo al soporte en puerto, entre otros aspectos novedosos de esta ley.
- Infraestructura: la pesca de atún fresco precisa disponer de condiciones locales tales como muelles, dispensa de combustible, provisión de hielo, talleres de acondicionamiento y reparación de embarcaciones, centros de recibo, procesamiento y congelamiento del producto y transporte, además de una fuerte capacitación tanto a las personas encargadas de la pesca como a las proveedoras de los servicios en muelle a las embarcaciones, quienes reciben, procesan y comercializan el producto, coordinar todas las competencias del MOPT, Incopesca, INA, Universidades y Comex.
- Financiamiento: las nuevas disposiciones demandan ajustar las condiciones productivas tales como acceso a fuentes de financiamiento saludables en toda la cadena y en el acondicionamiento de infraestructura. Estableciendo este financiamiento con carácter reembolsable, con cifras de adecuación paulatina sobre resultados.
En este sentido, resulta por demás curioso que un crédito por $75 millones del Banco Mundial formalizado en 2021 para el sector pesquero, lo invalidó la decisión del Gobierno al considerar imposible cumplir los objetivos y prefiriendo anunciar la inversión de $60 millones con recursos propios para obras que se materializarían en los tres años próximos con el proyecto denominado “Programa de Desarrollo Sostenible de la Pesca y Acuicultura en Costa Rica (Murillo, 2024). Cálculos preliminares indican que con la décima parte de este presupuesto podrían activarse varias de estas iniciativas, no obstante, la escasa visión del país con relación a las políticas de manejo de los recursos marinos podría explicar el tamaño de esta pifia.
- Formación y capacitación: La misma ley faculta al INA y permite a otras instituciones desarrollar capacidades locales tanto para promover tanto la navegación y la pesca, como la construcción y reparación de embarcaciones, mejoras en el proceso, comercialización, exportación, administración y el manejo financiero. Esto ofrecería nuevas oportunidades de empleo local de mucho mayor calidad que la ofrecida a las peladoras de camarón en su momento.
Podría partirse de un proyecto piloto y conforme se obtengan resultados, avanzar en la ampliación de experiencias de captura y comercialización del atún fresco. La reforma legal ofrece este tipo de oportunidades que aún no forman parte de programa alguno, y de las cuales, al parecer, el Incopesca no se ha enterado, pese a que es “la autoridad ejecutora de esta Ley y del Plan de Desarrollo Pesquero y Acuícola que dicte el Poder Ejecutivo” (artículo 12 de la Ley de Pesca y Acuicultura).
Resulta estratégico para el país dirigir el esfuerzo a la captura de atún fresco con artes selectivas, contenido principal de las reformas legales señaladas. Sin embargo, esta gran oportunidad permanece engavetada por desconocimiento, desidia o falta de visión. Claramente esta sí es una oportunidad económica y de desarrollo para las comunidades costeras, coherente con los principios de pesca responsable muy diferente a los viejos esquemas y sin la necesidad de desbaratar los suelos marinos o regalar nuestros recursos para obtener ganancias irrisorias. Llega el momento de planificar, reglamentar y poner en marcha una nueva etapa de desarrollo marino costero en el que el papel de las comunidades junto con una vigorosa y clara acción estatal, serán vitales para el desarrollo comunitario de las costas.
[1] Datos de FIAD (Formularios de inspección y autorización de Descargas) del Incopesca 2012 analizados por el autor.
[2] Además debe tomarse en cuenta que el mismo informe de Porras: 2008 indica que “La proporción de captura camarón-FACA (Fauna de Acompañamiento) total fue de 1:25, es decir que por cada kilogramo de camarón se capturaron 25 kg de FACA. La proporción camarón-FACA aprovechada fue de 1:3 y la de camarón-FACA no aprovechada de 1:22. (porras: 2008 pág. 15)
[3] Entrevistas realizadas por el autor a pescadores de Golfito, Quepos, Cabuya y Playas del Coco en 2022)
[4] Según las estadísticas de la página de Incopesca, el promedio anual de captura de la flota artesanal entre el 2017 y el 2020 fue de 117,3 t. mientras la mediana y avanzada tiene un promedio anual de 1398,72t (únicos datos disponibles).
[5] La prohibición queda derogada con la reforma a la LPA art. 79 bis, que crea un permiso especial en temporada baja de hasta 15 piezas por día para esta flota.
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