Solo la magistrada Roxana Chacón Artavia votó por no objetar el proyecto de ley.
La Corte Plena, el ente del Poder Judicial integrado por todos los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, acordó objetar el proyecto de ley propuesto por el Partido Unidad Social Cristiana (PUSC) para crear un banco de datos genéticos de ofensores sexuales, y que se tramita en la corriente legislativa bajo el expediente 24.327.
En sesión de este 2 de septiembre, 18 miembros de la Corte votaron a favor de acoger un informe elaborado por la magistrada de la Sala Tercera de asuntos penales, Sandra Zúñiga Morales en el que se indica que el proyecto afecta la organización y funcionamiento del Poder Judicial, votando en contra de esa posición únicamente la magistrada Roxana Chacón Artavia de la Sala Segunda de asuntos laborales y de familia.
Según el texto del proyecto, el OIJ creará el "Banco de Datos con Material Genético" y para ello podrá obtener material genético únicamente de personas condenadas por delitos sexuales cuyas penas superen los cuatro años de prisión, con el fin de facilitar investigaciones posteriores, futuras o paralelas.
Asimismo dispone que el Organismo estará en el deber de salvaguardar, proteger y limitar el acceso a toda la información contenida en ese banco, manteniéndola bajo el más alto nivel de confidencialidad, para uso exclusivo de los investigadores, jueces, fiscales y defensores dentro del proceso judicial respectivo.
La información genética de los condenados por delitos sexuales permanecería guardada en los registros durante 10 años posteriores a la sentencia. Posterior a ese período, deberá eliminarse todo dato y material genético del individuo.
Finalmente el proyecto dispone que el OIJ deberá dar seguimiento a aquellas personas que hayan descontado una pena mayor a cuatro años de prisión por delitos sexuales, con el fin de verificar y facilitar su adecuada reinserción a la sociedad, así como disminuir la posibilidad de reincidencia.
La magistrada Zúñiga Morales expuso al resto de la Corte Plena que aunque la iniciativa tiene "la mejor intención", afecta la organización y funcionamiento del Poder Judicial, además de tener aspectos de fondo que "podrían suscitar polémica", incluidas "afirmaciones en la exposición de motivos que podrían ser cuestionables cuando se afirma que la recopilación de material genético de exconvictos podría tener un efecto disuasivo".
Preocupa el hecho de que a través de esta terminología se puedan afectar derechos fundamentales de la persona pues se podría caer en la situación de que al imputado se le tome como sujeto de prueba. En ese sentido, se llama la atención de esta propuesta".
Dato D+: El concepto de "sujeto de prueba" se basa en la idea de que el imputado, a pesar de su derecho a la defensa y presunción de inocencia, puede ser objeto de ciertos actos procesales que buscan esclarecer la verdad de los hechos investigados, como exámenes médicos o psicológicos, pruebas de ADN o huellas dactilares, entre otros.
Zúñiga afirmó que en el proyecto debía precisarse también su aplicación, pues no se hacía distinción entre condenados adultos o menores; además que el señalamiento de la pena mayor de cuatro años no quedaba claro si se refiere a la pena efectivamente impuesta por un tribunal, o bien a los rangos de pena para el delito dispuestos por ley.
La magistrada también cuestionó que la iniciativa le da tareas de labor preventiva al Organismo de Investigación Judicial, lo que supone un cambio radical a las funciones investigativas que tiene actualmente esa institución, además de que podría vulnerar la división de poderes porque el trabajo preventivo le corresponde a los cuerpos policiales bajo resorte del Poder Ejecutivo.
En caso de que se considere que la iniciativa siempre pueda materializarse en los términos en los que se encuentra el proyecto, se considera importante hacer una petición de la necesidad de dotarse de un presupuesto para su implementación, porque su transitorio dice que el Organismo deberá en un periodo de seis meses establecer un protocolo y un plan de seguimiento de personas sentenciadas por estos delitos, es más, se tiene que establecer toda una planificación para lograr llevar a la realidad este programa de seguimiento a personas ofensoras por delitos sexuales".
La magistrada Roxana Chacón Artavia de la Sala Segunda dijo que el proyecto de ley era fundamental y que su fin era establecer un banco de datos para recolectar el material genético de los ofensores en delitos sexuales, y recordó que muchas veces esos delitos se cometen pero suele no haber evidencia para saber quiénes lo han cometido, y por ende, quedan impunes.
Lo que se busca con el proyecto es poder recopilar en las personas que ya han sido sentenciadas, tomar el material genético y alimentar el CODIS [Sistema Combinado de Índices de ADN], que es el que ya funciona desde la Medicatura Forense, que es el banco de material genético de ADN, para efectos de saber quién es el responsable de esas acciones".
Chacón resaltó que esa información podría ayudar a identificar más casos en los que esa persona sentenciada estuvo involucrada, pero también cuestionó las labores de seguimiento y reinserción a la sociedad que la iniciativa le asigna al OIJ, pues esa es tarea del Poder Ejecutivo.
Iris Rocío Rojas, magistrada de la Sala Primera afirmó que no veía que el proyecto afectara la organización y funcionamiento del Poder Judicial pues la iniciativa más bien ayudaría a enriquecer el CODIS que ya tiene el OIJ, para combatir otros delitos, incluido el de trata de personas. Por el contrario, Rojas dijo que le parecía que el proyecto "se quedaba corto" por el plazo máximo de diez años de resguardo de la información, pues el derecho al olvido reconocido por la Sala Constitucional lo es para efectos de certificación hacia terceros, no para los registros internos del Poder Judicial.
Dada la objeción de la Corte, la Asamblea Legislativa deberá realizar los cambios que sean necesarios para solventar los cuestionamientos hechos por los magistrados o caso contrario requerirá 38 votos a favor para aprobar la iniciativa en segundo debate.
Votación
Votaron por acoger el informe que objeta el proyecto de ley los siguientes magistrados y magistradas:
- Rosibel Jara Velázquez (Sala Constitucional, suplente)
- Ronald Salazar Murillo (Sala Constitucional, suplente)
- Aracelly Pacheco Salazar (Sala Constitucional, suplente)
- Alejandro Delgado Faith (Sala Constitucional, suplente)
- Ana Cristina Fernández Acuña (Sala Constitucional, suplente)
- Alexandra Alvarado Paniagua (Sala Constitucional, suplente)
- Fernando Lara Gamboa (Sala Constitucional, suplente, dijo que valoraría añadir una nota)
- Patricia Vargas González (Sala Tercera)
- Sandra Zúñiga Morales (Sala Tercera)
- Jesús Ramírez Quirós (Sala Tercera)
- Rafael Segura Bonilla (Sala Tercera)
- Orlando Aguirre Gómez (Sala Segunda, presidente de la Corte Plena)
- Fabián Arrieta Segleau (Sala Segunda)
- Jorge Olaso Álvarez (Sala Segunda)
- Julia Varela Araya (Sala Segunda)
- Carlos Guillermo Zamora Campos (Sala Primera)
- Jorge Leiva Poveda (Sala Primera)
- Iris Rocío Rojas (Sala Primera, dijo que agregaría una nota)
Votó por no acoger el informe que objeta el proyecto
- Roxana Chacón Artavia (Sala Segunda)