El plenario de la Asamblea Legislativa aprobó este martes en segundo debate un proyecto de ley que autoriza al Servicio Fitosanitario del Estado (SFE) a imponer sanciones administrativas de hasta 13 millones de colones por incumplir medidas dictadas para el combate o la prevención de plagas, entre otras faltas.
La iniciativa, tramitada bajo el expediente 20.084 se presentó con el fin de dotar al SFE de herramientas para asegurar el cumplimiento de la legislación de protección fitosanitaria, y con ello asegurar el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.
El texto dispone sanciones de uno a cinco salarios base (462.200 colones cada uno al 2024) para las quince infracciones administrativas que se establecen, las cuales podrán agravarse en caso de que la falta cause daños al ambiente, la salud de los animales o de las personas, o en caso de reincidencia.
En dicho sentido se impondría sanción agravada de siete a treinta salarios base (3.235.400 a 13.866.000 colones) por incumplir las medidas técnicas para combatir o prevenir plagas, no cumplir las cuarentenas internas para la prevención de plagas, no tratar, procesar o destruir rastrojos, desechos y residuos según las medidas dictadas por el Servicio Fitosanitario del Estado, no seguir las recomendaciones del regente para manejar sustancias químicas, biológicas o afines (reenvasar, reempacar, importar, fabricar, formular, distribuir, mezclar, almacenar o vender), y no cumplir con los términos de la venta restringida para sustancias de mayor toxicidad y uso restringido.
También se aplicaría esta sanción por incumplir prohibiciones y restricciones técnicas para la importación, tránsito, redestino, fabricación, formulación, reenvase, reempaque, almacenamiento, venta, mezcla y uso de sustancias químicas, biológicas o afines, y equipos agrícolas, establecidas por el Ministerio de Agricultura o Ganadería (MAG); realizar prácticas de aviación agrícola sin autorización del Servicio Fitosanitario; incumplir medidas y requisitos fitosanitarios para la importación de vegetales, mercancías, empaques, medios de transporte y el ingreso de personas; desarrollar actividades reguladas sin la evaluación de riesgo correspondiente; e incumplir cuarentenas externas.
Por otro lado, la sanción agravada sería de cinco a veinte salarios base (2.311.000 a 9.244.000 colones) por incumplir normas, requisitos y procedimientos fitosanitarios para laboratorios de reproducción vegetal, semilleros, almacigales, viveros, bancos de germoplasma y campos de producción de semillas; realizar investigaciones con sustancias químicas, biológicas o similares sin autorización y supervisión del Servicio Fitosanitario; incumplir requisitos de importación o tránsito de vegetales, agentes de control biológico y otros organismos agrícolas; no presentar el manifiesto o la declaración de carga, o declarar información falsa; y procesar o empacar vegetales para exportación sin el certificado fitosanitario de operación o incumpliendo los requisitos reglamentarios.
Para imponer las sanciones agravadas el Servicio Fitosanitario deberá considerar las circunstancias de la persona responsable, las características de su actividad, el grado de dolo o culpa, el beneficio obtenido o el que se esperaba obtener, el grado de afectación, el daño o riesgo generado, así como el incumplimiento de advertencias previas y la alteración social que pueda provocarse.
La iniciativa también dispone que la potestad de imponer las sanciones administrativas prescribirá a los cuatro años de cometido el hecho o la omisión, y que las sanciones administrativas se aplicarán sin perjuicio de la responsabilidad penal o civil que resulte.
Finalmente el proyecto señala que las resoluciones sancionatorias del SFE tendrán recurso de revocatoria que resolverá el órgano que emitió el acto, mientras que el de apelación lo resolverá el ministro de Agricultura y Ganadería.
La iniciativa fue enviada a revisión de la Sala Constitucional en marzo de este año luego que diputados de la Unidad Social Cristiana y Liberal Progresista cuestionaran los fines del proyecto y señalaran una presunta doble sanción por un mismo hecho, sin embargo, el tribunal resolvió a finales de abril que la iniciativa no tenía los vicios alegados por los consultantes, lo que permitió su segundo debate este martes.
En el segundo debate votaron 38 a favor y siete en contra: cuatro del PLP, dos del PUSC y una del PLN.
El proyecto pasa ahora al Poder Ejecutivo para su sanción como ley de la República.