Diputaciones de Liberación Nacional y del Frente Amplio alegaron inconstitucionalidad por cambio de comisión que dictaminó el proyecto.

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (conocida popularmente como la Sala IV) requirió al presidente de la Asamblea Legislativa, Rodrigo Arias Sánchez, prueba adicional respecto al trámite dado al proyecto de ley de jornadas 4x3 que se tramita bajo el expediente 21.182.

Aunque el Alto Tribunal tenía hasta el lunes 25 para resolver las dos consultas de constitucionalidad presentadas contra el proyecto de ley por congresistas de Liberación Nacional y el Frente Amplio, el pleno de magistrados resolvió el miércoles requerir información adicional, lo cual reinicia el plazo de un mes para evacuar las consultas.

Según consta en la resolución notificada al Congreso, de la cual Delfino.cr tiene copia, la Sala solicitó a Arias que entregue al tribunal una copia certificada del acta de la Comisión de Asuntos Jurídicos del 26 de mayo de 2020 y los documentos anexos a dicha acta, incluido el resultado de la votación de una moción en la que se impugnó la decisión unilateral de la presidencia de dicha comisión de trasladar el conocimiento del proyecto de ley a la Comisión de Asuntos Hacendarios.

Aunque las actas de las comisiones legislativas se publican en el sitio web de la Asamblea Legislativa este medio no logró descargarla por cuanto en todas las ocasiones intentadas el sistema legislativo arrojó un mensaje de error.

Asimismo los magistrados requirieron a Rodrigo Arias que informe al Tribunal si la presidencia de la Comisión de Asuntos Jurídicos emitió una resolución relacionada con el traslado del expediente 21.182 a la Comisión de Hacendarios como se afirma en el acta, y de ser el caso aportar dicha resolución. 

Adicionalmente la Sala solicitó remitir cualquier acta o resolución adicional de la Comisión de Asuntos Jurídicos y de la Comisión de Asuntos Hacendarios donde se haya discutido o resuelto de cualquier manera sobre el traslado del expediente de la primera comisión a la segunda y que aclare cuál es la práctica respecto al traslado de expedientes entre comisiones, y detallar los requisitos del traslado y las posibilidades que tienen los integrantes de las comisiones de apelar dichos traslados.

Finalmente la Sala pidió a Arias que les remita un criterio del Departamento de Estudios, Referencias y Servicios Técnicos respecto a los criterios para trasladar proyectos entre comisiones.

¿Por qué es importante?

Diputaciones de Liberación Nacional y del Frente Amplio alegaron en una de las consultas de constitucionalidad que en el trámite del proyecto de jornadas 4x3 se incurrió en una violación esencial al procedimiento legislativo por cuanto la iniciativa fue estudiada por la Comisión de Asuntos Hacendarios, pese a que por reglamento dicho foro legislativo es el encargado de "analizar los presupuestos nacionales, sus liquidaciones y los asuntos de Hacienda Pública", temas que no se enmarcan en la iniciativa 4x3.

Según se alega en la consulta, el traslado del proyecto se hizo desde la Comisión de Asuntos Jurídicos donde estaba siendo estudiado originalmente, por mero acuerdo privado o secreto de las presidencias de ambas comisiones, y sin que el traslado fuera sometido a votación de los miembros de ambos órganos legislativos, a contrapelo de la costumbre parlamentaria y aspecto que fue criticado por el entonces diputado Carlos Ricardo Benavides Jiménez de Liberación Nacional, quien era en ese entonces miembro de la Comisión de Jurídicos.

Si la Sala Constitucional confirma tras recibir las pruebas adicionales requeridas que tal acto constituyó un vicio esencial del procedimiento legislativo, el proyecto daría al traste por cuanto tendrían que retrotraerse los procedimientos al momento en que se cometió la falta, lo que implica prácticamente reiniciar de cero el trámite de la iniciativa.

Los vicios de procedimiento son vinculantes para la Asamblea Legislativa, contrario a los vicios de fondo donde el Congreso podría omitir hacer caso al Tribunal, bajo pena de que en una posterior acción de inconstitucionalidad la normativa sea anulada.

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Nota del autor: Esta nota fue editada a las 15:18 horas del 24 de septiembre de 2023 para corregir la fecha máxima inicial para resolver las consultas de constitucionalidad.