La Cámara de Diputadas y Diputados de Chile aprobó por amplia mayoría la propuesta de ley para reducir la jornada laboral de 45 a 40 horas semanales, una nueva legislación que ahora deberá ser ratificada por el presidente del país, Gabriel Boric.

La Cámara Baja aprobó con 127 votos a favor y tan solo catorce en contra -todos ellos del ultraderechista Partido Republicano- esta propuesta de ley, formulada hace cuatro años por la entonces diputada y ahora portavoz del Ejecutivo, Camila Vallejo.

Ya en 2019 el Congreso aprobó la propuesta, si bien es cierto que el Senado la mantuvo bloqueada hasta que Boric asumió la Presidencia e impulsó la votación de una ley que había sido uno de los pilares fundamentales de su candidatura, según la cadena T13.

Ahora el presidente Boric deberá promulgar definitivamente esta ley, y desde el Ejecutivo esperan que la rúbrica final pueda darse el día 1 de mayo aprovechando la conmemoración del Día Internacional de los Trabajadores.

El secretario de Trabajo, Giorgio Boccardo, ha explicado que el objetivo del Gobierno pasa implementar la jornada de 40 horas de forma paulatina durante los próximos cinco años, de tal forma que las empresas reduzcan por cada año una hora semanal de la jornada de sus empleados. La ley entrará en vigencia en forma gradual. Así, en términos generales, el programa considera: 44 horas, a un año de la publicación de la ley; 42 horas, al tercer año; y 40 horas, al quinto año.

Sin embargo, Boccardo ha confirmado que aquellas empresas que apuesten por una reducción inmediata de la jornada laboral, recibirán a cambio el 'Sello 40 horas', una certificación especial del Gobierno.

En materia de horas extraordinarias, se detalla que no se podrá superar las 52 horas semanales. De igual modo, se norma eventuales compensaciones por este punto, las que se cobrarían, por ejemplo, como días adicionales de feriado.

Adicionalmente, establece que la jornada a tiempo parcial no superará las 30 horas semanales.

Otros alcances se especifican en las disposiciones relacionadas a los contratos de las y los trabajadores. En términos generales, se determina que la modalidad de jornada (de un promedio anual) no excederá de seis horas y 40 minutos diarios.

Además, se especifica la situación de los choferes de vehículos de carga terrestre interurbana y del personal de ferrocarriles. En una línea similar, se regula el caso de quienes se desempeñen como choferes o auxiliares de servicios de transporte rural colectivo de pasajeros. De igual modo, se norma el caso de oficiales y tripulantes de naves de la marina mercante; trabajadores/as de casa particular; tripulantes de vuelo; y de quienes laboran en plataformas digitales de servicios.

Conjuntamente, detalla las condiciones de la jornada de trabajadores de casinos, hoteles, pubs, discotecas, restaurantes, clubes, bares y similares, así como de operadores de turismo. De tal modo, especifica temas como el trabajo de los días domingos y los sistemas excepcionales de jornada. Estas últimas no podrán superar las 42 horas promedio semanal en el ciclo respectivo.

Por otra parte, se encomiendan nuevas tareas a la Dirección del Trabajo en materia de fiscalización. Asimismo, se promueven acciones y medidas en materia de capacitación, particularmente, en favor de las pymes.

Por último, entre otros aspectos, el proyecto regula el sistema de control de asistencia por parte del empleador. Las especificaciones de este sistema se normarán vía resolución de la Dirección del Trabajo.

--

Con información del Departamento de Prensa del Congreso de Chile.