La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (conocida popularmente como la Sala IV) rechazó un nuevo recurso de amparo contra la vacunación obligatoria contra COVID-19, y una acción de inconstitucionalidad planteada por el exdiputado Otto Guevara Guth, contra la resolución del Ministerio de Salud relativo a la implementación del código QR para verificar estados de vacunación en el ingreso a comercios no esenciales.
Por resolución 25946-2021 del 17 de noviembre anterior, la Sala rechazó "de plano" la acción de inconstitucionalidad 21-021993-0007-CO planteada por Guevara, quien acusó violación a la libertad de movimiento, al libre acceso a dependencias e instituciones públicas, al principio-derecho de igualdad y no discriminación, al valor de la dignidad humana, a la prohibición de no sufrir tratos degradantes, a la libre autodeterminación de la persona y la libertad, a las libertades de reunión y religiosa, a la libertad de comercio; a los derechos al trabajo, la educación y la salud; a la potestad legislativa de legislar; a los principios de publicidad, participación ciudadana, transparencia e interdicción de la arbitrariedad.
Guevara había pedido dar curso a su reclamo, suspender la obligatoriedad del QR y declarar con lugar el recurso, anulando la resolución de Salud en todos sus extremos.
Por votación 4 vs. 3, la Sala determinó que el reclamo carecía de los requisitos formales de admisibilidad y de una adecuada argumentación, por lo que lo procedente era rechazarla de plano; sin necesidad de advertir a Guevara de que corrigiera las deficiencias. Los tres magistrados que salvaron el voto (Paul Rueda, Nancy Hernández y Anamari Garro) solo lo hicieron para dar tiempo al exdiputado para enmendar el escrito, pero al ser la tesis minoritaria, el expediente pasó al archivo del tribunal.
El rechazo, según consta en el por tanto, se hizo extensivo a las coadyuvancias planteadas por Rubén Acón Toy en su condición de representante legal de la Asociación Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Limón, y de la Asociación Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Costa Rica. También se rechazaron las coadyuvancias planteadas por Francini Hidalgo Trejos de Costa Rica Trip Guide, Ronald Fabián Tencio Marín y Gerardo Aguilar Quirós.
Donde sí hubo unanimidad fue a la hora de rechazar el recurso de amparo planteado por un ciudadano identificado como Randall García Chacón, quien acusó que el decreto de vacunación obligatoria violaba el principio de igualdad pues solo estaba dirigido a empleados del sector público y no a toda la población; además de que se pretendía obligar "a una persona contra su voluntad a vacunarse con una sustancia médica que no le crea confianza, máxime que no se le permite escoger la marca de la vacuna, lo que constituye un trato inhumano y lesiona el principio de la objeción de conciencia y atenta contra de sus derechos constitucionales".
El recurso tampoco pasó de la Oficina de Admisibilidad, pues el quejoso no señaló agravios específicos que afectaran de manera concreta, directa o individualizada, sus derechos fundamentales; pues su reclamo se relacionaba a "eventuales sanciones" que podrían enfrentar aquellos servidores públicos que se nieguen a vacunarse.
El promovente no señala de manera delimitada el inicio de procedimiento administrativo en su contra ni aporta prueba en la que conste su posible despido. Así las cosas, lo planteado por el gestionante resulta genérico, al carecer de una afectación concreta por los hechos que se cuestionan.
A pesar de que ello ya era causa suficiente para desestimar el recurso, la Sala volvió a reiterar su jurisprudencia en el sentido de que son obligatorias las vacunaciones contra las enfermedades cuando lo estime necesario la Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiología, "por ser justamente una medida preventiva para evitar la propagación de una enfermedad transmisible, como lo es en el caso de estudio".