En misiva enviada a la Secretaria Ejecutiva de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Tania Reneaum Panzsi, un Panel Independiente de Personas Expertas para la Elección de Fiscal o Fiscala General de la República de Costa Rica expresó una serie de preocupaciones en el desarrollo del concurso por la Fiscalía General.
La carta enviada a Reneaum tiene como fin que la CIDH solicite información al Estado costarricense para evaluar si el proceso de selección se ajusta a los estándares interamericanos aplicables a los procesos de selección de altas autoridades de los sistemas de justicia.
Las deficiencias que el panel independiente señala están centradas en los siguientes cuatro ejes:
- Elección por mérito y capacidades.
Sobre este aspecto indican que las reglas del proceso no contemplan un perfil unificado que describa de forma clara los méritos personales y capacidades profesionales que debe tener quien ocupe el cargo de Fiscal o Fiscala General.
El cartel contiene, de manera dispersa e inconexa, solo algunos elementos de lo que podría constituir un perfil del cargo, a los que se les denomina de forma indistinta “condiciones”, o “aspectos valorados en la entrevista”, sin que se prevea cómo serán evaluados objetivamente".
Enfatizan en que las reglas del concurso recompensan con 70% del puntaje el mero cumplimiento de requisitos formales mínimos (como la nacionalidad costarricense, la edad mínima, u otros). Para el panel dichas condiciones deberían ser el punto de partida mínimo de atender para tener la calidad de aspirante, y por lo tanto, no debieran recibir puntaje alguno.
Lo expuesto anteriormente genera una distorsión en la calificación pues deja solo 5% a aspectos de la entrevista personal donde se abordan aspectos como el conocimiento especializado, la trayectoria personal, o la ausencia de vínculos relevantes.
En realidad son los factores determinantes de la elección de una candidatura respecto de otra, y justamente porque son determinantes, requieren de mayor objetividad en los criterios de evaluación, lo que lamentablemente no ocurre". critican.
Sobre el mismo tema se muestran inconformes con el elemento de la independencia de quien pueda ejercer como Fiscal o Fiscala General. Las reglas del proceso únicamente exigen que el futuro/a titular suspenda algún cargo que viniera ejerciendo en la Administración Pública, o que carezca de vínculos personales o profesionales con personas litigantes en materia penal.
El Panel considera que tal independencia debe ser garantizada, mediante la valoración adecuada de cualquier vínculo (político, económico, profesional, personal, etc.) que puedan poner en riesgo su futuro actuar independiente, o que pueda afectar la apariencia de independencia de la institución en su conjunto, frente a la ciudadanía".
- Transparencia y publicidad.
Las personas vigilantes del proceso informan que no se han puesto a disposición de la ciudadanía los antecedentes de las personas candidatas. Advierten que los formularios descargables, que mal llaman currículum, disponibles en el micrositio del concurso no proveen información mínima para que la ciudadanía pueda verificar el cumplimiento de requisitos básicos.
Resaltaron que no está a disposición de la ciudadanía el detalle de la calificación efectuada en la FASE I: PRESELECCION. "Solo se han publicado detalles finales, que no permiten entender la forma en que se han asignado los puntajes en cada uno de los rubros evaluados".
Si bien el cartel de convocatoria establecía que el proceso es público, y garantiza la publicidad de las entrevistas, no se extiende tal garantía a actos y documentos importantes, como la entrevista competencial, estudios sociolaborales y de antecedentes (resguardando la información relativa a la vida privada)".
Puntualizan en que no se garantiza tampoco la publicidad de las deliberaciones realizadas al interior de la Comisión de Nombramiento y del Pleno de la Corte, y las motivaciones de los votos que se emitan, los cuales deberían ser también públicos.
- Participación ciudadana
En las reglas del proceso admiten la posibilidad de que la ciudadanía pueda brindar cualquier información, comentarios o antecedentes que conozca respecto de candidaturas específicas, para que puedan ser valorados en la fase de investigación. Para ese fin, se habilitó un “Buzón” electrónico en el que los ciudadanos podían hacer llegar comentarios sobre las candidaturas (abierto hasta el pasado 11 de noviembre).
El panel describe que no existe claridad sobre el tratamiento que se dará a dicha información, pues no está previsto la obligación de los órganos electores de pronunciarse, o de ponerla en conocimiento de los candidatos o candidatas concernidos.
Lo cual podría afectar su derecho a ser oídos, especialmente si dicha información puede tener impacto en su calificación, su incorporación en la nómina, o su nombramiento en el cargo. Tampoco es posible que la ciudadanía conozca qué tipo de objeciones o comentarios han sido presentados, ni cuántos, ni contra qué candidato o candidata".
Consideran que esta omisión podría convertir la participación ciudadana en un trámite meramente formal, al no poder garantizar que la información proporcionada ha sido tomada en cuenta
- Igualdad y no discriminación
Sobre este punto, recalcan la necesidad de promover el acceso igualitario de las mujeres a este importante cargo. El Panel reconoce positivamente que el cartel de convocatoria las insta a participar del proceso de selección.
Sin embargo, resalta que únicamente 3 de las 27 postulaciones corresponden a candidatas mujeres, y de ellas, solo 2 han superado la fase de preselección; por ello importante que se garantice que no existan sesgos de género en la calificación de sus méritos, especialmente durante las entrevistas, para garantizar un trato igual a las mujeres candidatas".
Por otro lado, ponen lupa en la inexistencia de información acerca de la forma en que se han asignado los puntajes en la etapa de preselección, impide verificar que los candidatos y candidatas hayan recibido un trato equitativo y una similar aplicación de las reglas de calificación.
El Panel recomienda que se hagan esfuerzos tangibles para identificar y valorar la sensibilidad al género de todas las personas candidatas, y su capacidad de aplicar un enfoque de género a la persecución penal, como un rasgo importante de quien ocupara la jefatura máxima del Ministerio Público del país.
Las personas firmantes de esta carta e integrantes de la iniciativa ciudadana a promovida por diversas organizaciones civiles en el país, interesadas en procurar un adecuado proceso de selección de este cargo, son:
- Ana Eugenia Sáenz.
- Marlon Mora.
- Manuel Antonio Solís.
- Sonia Navarro.
- Úrsula Indacochea.
Desde el 25 de octubre de 2021, la Dirección de Gestión Humana del Poder Judicial informó que 22 personas permanecen en concurso por la Fiscalía General.
Las personas y la nota de calificación obtenida en el último corte son (haciendo click en el nombre puede descargar el curriculum y motivación que entregaron las personas al momento de concursar):
- Edgar Ramírez Villalobos: 95.
- Warner Molina Ruíz: 95.
- Guillermo Hernández Ramírez: 95.
- Edwin Retana Carrera: 93.
- Carlo Díaz Sánchez: 93.
- Jorge Araya Jiménez: 93.
- Simón Angulo Arredondo: 93
- Jorge Pérez Cedeño: 92.19.
- Douglas Rivera Rodríguez: 92.
- Francis Porras León: 92.
- Andrés Olsen Villegas: 92.
- José Francisco Mena Castro: 91.01.
- Fernando Cubero Pérez: 91.
- Ewald Acuña Blanco: 91.
- Juan Gabriel Hidalgo Hernández: 87.93.
- Manuel Fallas Calderón: 86.08.
- Ronald Segura Mena: 85.
- Miguel Ramírez López: 85.
- Yara Quirós Soto (cc Yara Esquivel Soto): 85.
- Adán Campos Fallas: 85.
- Mauren Víquez Córdoba: 84.86.
- Christian Ulate Durán: 84.53.