Se dice que los impuestos son el precio que pagamos para vivir en sociedad, siendo que en Costa Rica tenemos más de 100 tributos. Nuestra Constitución Política, máxima norma jerárquica en nuestra República, establece dos normas de gran relevancia en materia tributaria:
- Artículo 18: Los costarricenses deben observar la Constitución y las leyes, servir a la Patria, defenderla y contribuir para los gastos públicos. Es decir, dicha norma da el fundamento legal para que el Estado pueda imponer el pago de tributos, como los impuestos o las cargas sociales (altísimas).
- Artículo 50: El Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza.
Estas normas derivan en la potestad exclusiva de la Asamblea Legislativa de establecer los impuestos y contribuciones nacionales, y autorizar los municipales. Es decir, únicamente pueden los diputados, como representantes del pueblo, imponer el cobro de impuestos al pueblo.
Así, el pago de impuestos tiene como fin financiar las cargas públicas, las cuales derivan de brindar servicios oportunos al ciudadano, como obra pública, el Poder Judicial, educación pública o nuestra valiente Fuerza Pública, de lo contrario: ¿para qué arrebatarle al ciudadano su dinero si no es para financiar servicios y obras públicas para todos?
Como vemos, El Estado no es un fin en sí mismo. El Estado es una necesidad colectiva con un fin específico: servir a los ciudadanos. Es por lo que los empleados públicos son legalmente definidos como “servidores públicos”. A nivel constitucional se reconoce ese fin de servicio del Estado cuando señala:
ARTÍCULO 192.- Con las excepciones que esta Constitución y el estatuto de servicio civil determinen, los servidores públicos serán nombrados a base de idoneidad comprobada y sólo podrán ser removidos por las causales de despido justificado que exprese la legislación de trabajo, o en el caso de reducción forzosa de servicios, ya sea por falta de fondos o para conseguir una mejor organización de los mismos. (El subrayado es propio)
Constitucionalmente se determina que la razón de ser del funcionario público es precisamente para brindar un servicio al administrado, por lo que en ausencia de fondos (como sucede hoy) o en búsqueda de mejorar el servicio, faculta la remoción de los servidores. Lamentablemente, Costa Rica ha avanzado más hacia un Estado como un fin en sí mismo, donde los ciudadanos parecen estar constreñidos a mantenerlo a toda costa, sin importar la ineficiencia de sus servicios o el abuso que se ha presentado en cuanto a los salarios públicos. A este respecto, la OCDE ha señalado en su más reciente informe sobre Costa Rica:
Un área de primera prioridad para la reforma es el empleo en el sector público, ya que la remuneración de los funcionarios del Gobierno representa más de la mitad de los ingresos totales, la mayor proporción entre los países de la OCDE y más del doble del promedio de la OCDE. Los salarios del sector público también son casi un 50% más altos que en el sector privado, después de tomar en cuenta las características de los empleados” (p.41-42).
Es decir, somos un país pobre pagando salarios altos a los funcionarios públicos, sin recibir buenos y eficientes servicios a cambio. A este respecto, señala la OCDE:
“Esto hace que la remuneración de los empleados públicos sea demasiado compleja, poco clara y sumamente difícil de controlar. También supone la mayor contribución a la desigualdad de ingresos y perjudica la moral del personal y el desempeño del sector público” (p. 42). (El subrayado es propio)
Es importante determinar que no se trata de querer que no se paguen salarios decentes y competitivos a nuestros servidores públicos, siendo evidente que un buen servicio público requiere servidores públicos bien pagados. Pero mucho menos implica que terminen los servidores públicos sirviéndose de los fondos de los contribuyentes.
Tan sencillo es de mostrar el abuso, debidamente documentado y señalado por la OCDE, que en el servicio público se pueden llegar a disfrutar hasta de 15 salarios al año, tres pensiones, además de una escalada de pluses sobre pluses sin vincularse en lo más mínimo a la prestación eficiente del servicio.
Por otra parte, el Estado costarricense mantiene una serie de instituciones que existen sin cumplir su razón de ser: brindar un servicio público. Por el contrario, se mantienen con vida como un fin en sí mismo. Una segunda área prioritaria para mejorar la eficiencia es la reforma del sector público. La administración pública de Costa Rica está sumamente fragmentada en una gran cantidad de entidades descentralizadas y empresas públicas, con más de 100 nuevas instituciones públicas creadas desde la década de 1990. Al respecto, la OCDE señaló:
Es necesario llevar a cabo una revisión exhaustiva del sector público para aumentar la eficiencia del sector público y la capacidad del gobierno central para reasignar fondos a áreas prioritarias. Estudios anteriores ya identificaron que una gran cantidad de instituciones públicas no son funcionales.”
Es por ello que mensajes de más impuestos, en un país con tantos impuestos, no resultan populares. La motivación por cumplir con el pago de impuestos depende en gran media del grado de reciprocidad que los contribuyentes perciben en la relación Estado-sociedad. Los ciudadanos estaremos más dispuestos a pagar impuestos si consideramos que los recursos se utilizarán para financiar servicios públicos de calidad que mejoren nuestra vida.
En un escenario como el costarricense, estamos lejos de ello, por lo que debemos primero resolver las ineficiencias del gasto público y los abusos, dinamizar la economía, y luego pensar en más impuestos.
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