Una mayoría de diputados de la Asamblea Legislativa rechazó, esta mañana, una moción de la diputada Yorleny León Marchena (PLN) que habría obligado al Banco Popular a reconocer mayores rendimientos por dejarse durante 24 meses un tercio (1.25%) de los aportes que conforman el Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROP, 4.25%).
Tal y como informó Delfino.cr días atrás, el Banco Popular reconoce rendimientos por dejarse ese dinero del ROP muy inferiores a los que un trabajador obtendría si ese dinero pasa directo a su operadora de pensiones.
Por ejemplo, para este 2020 el Popular reconocerá una tasa de interés de solo 3,88% cuando las operadoras de pensiones complementarias están reconociendo porcentajes por encima del 8%. Dicha diferencia afecta en hasta un 6% el monto del ROP de la persona trabajadora, según cálculos de la Superintendencia de Pensiones citados por La Nación.
La diputada liberacionista, Yorleny León, reiteró una moción que fue rechazada en la Comisión de Hacendarios con la que pretendía incrementar la tasa de interés referencia sobre la cual el Banco Popular debe reconocer los rendimientos por haber jineteado durante 24 meses los recursos de los trabajadores.
En lugar de los 160 puntos base que establece el texto actualmente, la legisladora planteó que a la Tasa Básica Pasiva se sumen 250 puntos base (2,50%) por lo que los rendimientos a reconocer al menos a hoy serían entonces del 6%, aún por debajo de la tasa ofrecida por las operadoras de pensiones.
Aunque el 7 de septiembre una mayoría de 26 diputados versus 19 aprobó entrar a conocer la moción de la diputada León, este lunes 32 diputados se volcaron en contra de la modificación, siendo apoyada solo por 15.
El millonario (y gratuito) paseo a favor del Banco Popular
El ROP es un fondo de pensión obligatoria formado por los aportes equivalentes al 4.25% del salario reportado en las planillas de la CCSS. De este porcentaje, 1% es aportado por el trabajador y el resto por el patrono. Del global, al Banco Popular se destina 1.25% del aporte (el 1% del trabajador y el 0,25% del patrono).
El banco maneja esos recursos durante 24 meses y luego los entrega(*) a la operadora de pensiones bajo la que esté afiliada esa persona, con sus rendimientos, a una tasa de interés muy inferior a la que esos recursos habrían tenido si hubiesen pasado directo a la operadora de pensiones.
Dato D+: El artículo 13 de la Ley 7983 establece que el Banco Popular reconocerá una tasa de interés fijada por su Junta Directiva Nacional. Dicha tasa no podrá ser inferior a la inflación medida por el Índice de Precios al Consumidor, ni mayor que la tasa activa para préstamos de vivienda de interés social del Banco.
Dado que el Banco Popular maneja durante dos años esos recursos del ROP, puede invertirlos en otras operaciones para aumentar sus rendimientos, pero al reconocer una tasa de interés inferior a la que reconocen las operadoras de pensiones complementarias, usa la diferencia desde el año 2000 para capitalizarse y la medida nunca fue derogada o modificada, pese a que a la fecha el Banco Popular es el banco con el patrimonio más grande, muy por delante del Banco Nacional de Costa Rica, el Banco de Costa Rica y hasta el propio BAC Credomatic.
Este "paseo" había sido originalmente eliminado por la Comisión de Hacendarios del Congreso que tramitó el expediente 21.309 denominado Ley para resguardar el derecho del trabajador a retirar los recursos de la pensión complementaria. Sin embargo, luego del lobby hecho por el Banco Popular la comisión revirtió la eliminación y en su lugar señaló que el Banco debería reconocer una tasa de interés equivalente a la Tasa Básica Pasiva más 160 puntos base (1,60%).
De mantenerse esa metodología, a hoy el Banco Popular tendría que reconocer rendimientos por una tasa de interés del 5.10%; superior a lo que actualmente pretende dar, pero igualmente inferior a la tasa de interés bajo la que ganan rendimientos los recursos del trabajador en la operadora de pensiones.
(*): El 17 de julio anterior, El Financiero dio a conocer que el Banco Popular se deja el 0,25% de la masa salarial aportada por concepto de ROP, la cual nunca es devuelta a los trabajadores. Tal accionar, según los estados financieros intermedios consolidados de marzo de 2020, dejó al Popular 233.563 millones de colones; mientras que el 1% le dejó ganancias por 21.345 millones de colones.
Inclusive, aunque la ley actual dispone que el Banco solo tiene 18 meses para aprovecharse de los recursos de los trabajadores, en la práctica terminan siendo 24 meses.
Ningún otro banco, público o privado, tiene tal beneficio.