En las últimas semanas las ocurrencias de políticas públicas son múltiples, un claro ejemplo es el proyecto de Ley 20.756, “Ley de la ampliación de la base impositiva del ingreso al territorio nacional por vía terrestre, marítima y fluvial para la consolidación y el fortalecimiento permanente de las áreas silvestres protegidas”, el cual propone el cobro de un impuesto adicional por un monto de $15 o su equivalente en colones al tipo de cambio, a cada persona que ingrese por vía terrestre, marítima y fluvial al territorio nacional.
Desde un punto de vista administrativo y jurídico, este es un proyecto de ley que carece de fundamentación para sostenerse por sí mismo.
En primera instancia cabe destacar, que las críticas a este proyecto no deben de ser solamente desde el enfoque del aumento o encarecimiento de la entrada de los visitantes extranjeros al territorio nacional, que se pone en evidencia a simple vista, sino que más bien, debe de estar enfocada hacia el destino y gestión de estos nuevos recursos que se pretenden recaudar.
Se especifica que un 60% de lo recaudado por esta iniciativa será destinado al pago de tierras compradas o expropiadas para la creación de parques nacionales y otras áreas silvestres protegidas, mientras que el restante 40% será destinado para el mejoramiento de servicios y al desarrollo de las obras de infraestructura. Además, se define que una vez paguen por completo las deudas por concepto de expropiaciones, el 100% del ingreso recaudado se destinará a obras de infraestructura.
Sin embargo, el manejo de recursos por parte del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) no ha sido el mejor, un informe de la Contraloría General de la Republica, indica que esta institución no ha ejecutado 19 de las 24 obras de infraestructura física en áreas silvestres protegidas, mismas que habían sido establecidas como prioridad desde Octubre del año 2015. Sumado a esto, se señala que para ninguna de estas 24 obras se llevó a cabo un diagnóstico del sitio.
En el mismo informe de la contraloría se evidencia la carencia que tiene el SINAC de un mecanismo para identificar las necesidades de intervención en infraestructura, así como las falacias que presenta la institución en temas de gestión formulación, ejecución control y seguimiento de proyectos.
Por lo tanto, carece de sentido, dotar a una institución de una mayor cantidad de recursos, los cuales no son capaces de administrar adecuadamente.
Por otra parte, se le da la potestad de recaudar dicho monto al Instituto Costarricense de Turismo (ICT) y la obligación de transferir este monto al SINAC de manera bimensual, lo que viene a representar una sobrecarga de tareas a una institución que carece de los recursos humanos y administrativos para llevar a cabo esta tarea. Aunque se estipula la obligatoriedad de que la Dirección General de Migración y Extranjería, de colaborar en las tareas necesarias para la recaudación de este impuesto, ninguna de las dos instancias debería de reasignar recursos para cumplir con funciones para las que no fueron creadas.
Para nadie es un secreto la importancia que representa la industria turística para el país. El aporte de esta industria al PIB, paso de 4,4% en el año 2014 al 6,3% en el 2016, mientras que en países como Canadá o Colombia no sobrepasan el 2%, lo que pone en evidencia el gran potencial y margen de acción que se tiene para impulsar el crecimiento de este sector y a través de este la economía costarricense en general.
La implementación de este tipo de políticas, no hace más que poner freno al desarrollo, imponiendo cada vez más cargas fiscales a los turistas, proponiendo la creación de fondos sin argumentar adecuadamente su destino y cargando de tareas que no le corresponden a diferentes instituciones públicas.
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