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Solidarista que financió concierto de Snoop Dogg acumula antecedentes de restringir acceso a la información

Asosejud reformó sus estatutos en 2025 y aprobó en 2026 reglas que sancionan reproducir o divulgar información no autorizada.

La Asociación Solidarista de Servidores Judiciales (Asosejud), que desembolsó $2,32 millones para financiar un concierto de Snoop Dogg y Ryan Castro, acumula desde 2022 antecedentes de disputas con sus propios asociados por el acceso a información financiera y administrativa.

En diciembre de ese año, la Sala Constitucional condenó a la organización por no entregar información solicitada por un grupo de asociados. Dos años después surgieron nuevos reclamos de transparencia y, posteriormente, Asosejud reformó sus estatutos y aprobó un reglamento que restringe la consulta de determinados documentos y contempla sanciones por reproducir, almacenar o divulgar información sin autorización.

El historial cobra relevancia luego de que La Nación revelara que Asosejud destinó $2,32 millones al espectáculo previsto para el 3 de diciembre en Pedregal. La operación salió a la luz después de que el OIJ allanara la asociación el 1.º de septiembre, dentro de una investigación por presunta administración fraudulenta, y encontrara documentación relacionada con el contrato.

La contraparte contractual fue una empresa del productor Don Stockwell Ulloa, quien posteriormente quedó bajo investigación en una causa distinta por presunta legitimación de capitales.

El pasado 8 de octubre, el presidente de Asosejud, Parris Quesada Madrigal, emitió un mensaje sobre el contrato y aseguró que la Junta Directiva decidió rescindirlo después de una revisión:

En efecto, ese documento fue firmado en su oportunidad. Posteriormente, con una revisión exhaustiva de los profesionales de la sociedad a cargo, la Junta Directiva, en sesión, tomó la determinación de rescindir del contrato. De tal forma que esta decisión nos impulsó inmediatamente a ponerlo en los estrados judiciales para que un juez de la República lo resuelva. De tal forma, estamos haciendo las diligencias necesarias que corresponden para que esos dineros vuelvan a nuestras arcas como corresponda”.

Sala IV ordenó entregar información en 2022

El 23 de diciembre de 2022, mediante la resolución 30522-2022, la Sala Constitucional declaró parcialmente con lugar un recurso de amparo presentado por asociados de Asosejud.

Los recurrentes habían solicitado, entre otra documentación, estados financieros auditados, actas de Junta Directiva e información relacionada con la administración de la asociación.

La Sala determinó que no se había brindado respuesta efectiva a parte de lo solicitado y ordenó al presidente de Asosejud entregar la información dentro de un plazo de ocho días, salvaguardando los datos sensibles y de acceso restringido protegidos por la legislación.

El cumplimiento generó posteriormente una nueva disputa.

El 19 de enero de 2023, los recurrentes presentaron una gestión de inejecución y alegaron que Asosejud había remitido únicamente parte de los documentos ordenados por la Sala.

La asociación entregó la información pendiente el 25 de enero de 2023, después de conocer la gestión de desobediencia. El propio recurrente confirmó posteriormente que había recibido lo solicitado.

El 3 de febrero, mediante la resolución 02424-2023, la Sala determinó que Asosejud había cumplido finalmente lo ordenado y declaró que la gestión de desobediencia había perdido interés actual.

Nuevos reclamos de transparencia en 2024

El 18 de noviembre de 2024, Corte Plena conoció nuevas preocupaciones relacionadas con el manejo financiero de Asosejud.

El Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras del Poder Judicial (Sitrajud), con respaldo del Sindicato de la Judicatura (Sindijud), solicitó contratar una auditoría externa e independiente ante cuestionamientos sobre gastos administrativos, inversiones y evolución de los excedentes.

Por separado, la Asociación Nacional de Profesionales del Poder Judicial (Anprojud) pidió nombrar un representante patronal ante la Junta Directiva de Asosejud, con derecho a voz pero sin voto.

Corte Plena rechazó ambas solicitudes al considerar, entre otros aspectos, la autonomía de la asociación y las limitaciones de competencia y presupuesto del Poder Judicial.

En esa misma sesión se incorporó una carta firmada por asociados el 13 de noviembre, en la que solicitaron publicar los estados financieros auditados completos, presentar informes trimestrales y habilitar mecanismos permanentes de transparencia.

Estatuto restringió consulta a revisión visual

El 6 de septiembre de 2025, Asosejud aprobó una reforma al artículo 9, inciso f), de su estatuto, dedicado al derecho de los asociados a obtener información.

La norma establece actualmente que los asociados tienen derecho a acceder, mediante “revisión visual”, a información contable correspondiente a períodos fiscales terminados y a actas de Asamblea, Junta Directiva o comités.

El mismo artículo condiciona ese acceso a que no se comprometan datos sensibles ni “información estratégica de la Asociación Solidarista” que pueda afectar su posición presente o futura, y remite el desarrollo de esas condiciones a un reglamento.

Ese reglamento llegó meses después.

Reglamento contempla hasta seis meses para responder y sanciones por reproducir información

El 26 de febrero de 2026, la Junta Directiva aprobó el Reglamento para el Uso, Almacenamiento y Acceso a la Información.

Asosejud señala en la normativa que su objetivo es proteger datos personales y confidenciales, resguardar información estratégica y promover la transparencia y seguridad en el manejo de la documentación.

Al mismo tiempo, el reglamento establece condiciones específicas para el acceso de los asociados.

El artículo 18 permite a la Junta Directiva contar con hasta tres meses para resolver una solicitud de información y prorrogar ese plazo por otros tres meses cuando considere que existen circunstancias que lo justifican.

El artículo 24 clasifica como falta grave reproducir, almacenar, grabar, fotografiar o extraer información sin autorización expresa. La sanción puede incluir la suspensión del derecho de acceso a información por un período de hasta dos años.

El artículo 25 contempla como faltas muy graves divulgar información considerada sensible o confidencial, suministrarla a terceros sin autorización o utilizarla de manera que cause daño reputacional, moral o económico a la asociación o a sus integrantes.

Las consecuencias previstas incluyen la pérdida definitiva del derecho de acceso a información y una recomendación de expulsión de la asociación.

El reglamento ubica además entre la información de acceso restringido los informes de auditoría anual, estados financieros y soportes o auxiliares contables, cuya consulta queda sometida a las condiciones establecidas por la organización.

Asosejud cita fallo que también reconoció derecho de asociados a fiscalizar

Como uno de sus fundamentos, el reglamento cita la sentencia 24309-2023 de la Sala Constitucional y sostiene que el fallo reconoce límites a la divulgación de información relacionada con la gestión comercial y estratégica de las asociaciones solidaristas.

La sentencia fue dictada en un recurso contra la Asociación Solidarista de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones y también desarrolló el derecho de las personas asociadas a conocer información administrativa de su organización.

En ese caso, la Sala ordenó entregar de manera desglosada información solicitada por un asociado, siempre que se reservaran los datos sensibles y de acceso restringido protegidos por la Constitución y la legislación sobre protección de datos personales.

El tribunal señaló además que un asociado tiene derecho a conocer y analizar los estados financieros de la asociación, aunque reconoció que ese derecho no permite acceder irrestrictamente a información privada o sensible de terceras personas.

Inversión en concierto permanece bajo investigación

Según la información publicada por La Nación, el contrato localizado durante los allanamientos contemplaba un financiamiento de $2,32 millones, mientras que el costo total estimado del proyecto ascendía a $3,1 millones.

A cambio, Asosejud recibiría el 80% de los ingresos netos del espectáculo.

Entre la documentación encontrada figuraban pagos previstos de $1,65 millones para Snoop Dogg y $300.000 para Ryan Castro, además de gastos iniciales y honorarios de agencia.

El informe policial citado por el periódico señaló que la operación no correspondía a las modalidades de inversión contempladas en el manual financiero interno de Asosejud.

La asociación sostiene que posteriormente decidió rescindir el contrato y acudió a estrados judiciales para recuperar los recursos desembolsados.