La reciente decisión de la Comisión Permanente Especial de la Mujer de la Asamblea Legislativa de excluir la anticoncepción de emergencia del proyecto de ley que busca garantizar la atención integral a las víctimas de violación sexual, expediente 23.633, nos obliga a reflexionar sobre una pregunta fundamental: ¿estamos legislando para proteger los derechos de las víctimas o permitiendo que las convicciones particulares condicionen su atención?
Durante 40 años, desde la Asociación Mujeres Unidas en Salud y Desarrollo (MUSADE), hemos acompañado a mujeres que enfrentan distintas manifestaciones de violencia. Conocemos las consecuencias físicas, emocionales y sociales que dejan estas experiencias, así como las dificultades que muchas encuentran cuando buscan apoyo institucional.
Sabemos que una violación sexual no termina cuando cesa la agresión. El miedo, la angustia, la vergüenza impuesta socialmente y la incertidumbre sobre sus consecuencias pueden prolongar el sufrimiento. Frente a estas situaciones, la respuesta del Estado debe ser inmediata, integral, respetuosa y libre de prejuicios.
La anticoncepción de emergencia es una medida sanitaria reconocida por la Organización Mundial de la Salud. Su función es prevenir un embarazo después de una relación sexual sin protección, incluida una violación. No es un método abortivo ni interrumpe un embarazo establecido. Su efectividad depende, entre otros factores, de la oportunidad con que se administre.
Por ello, excluirla de las garantías expresas de un proyecto destinado a atender a víctimas de violación sexual constituye, desde nuestra perspectiva, una decisión preocupante. Aunque esta modificación no significa que el medicamento haya sido prohibido en Costa Rica, sí plantea interrogantes sobre el alcance de la protección que se pretende garantizar mediante la legislación.
Resulta especialmente inquietante que una decisión de esta naturaleza se adopte en una comisión legislativa cuya razón de ser es promover y proteger los derechos de las mujeres.
No podemos ignorar, además, que las consecuencias de estas decisiones no afectan a todas las mujeres por igual. Las niñas, adolescentes, mujeres rurales y aquellas que viven en condiciones de pobreza enfrentan mayores dificultades para acceder oportunamente a servicios de salud. La distancia, los costos de transporte, la falta de información y el temor a ser juzgadas pueden convertirse en obstáculos adicionales.
Desde nuestra experiencia comunitaria, hemos aprendido que la revictimización no ocurre únicamente cuando se cuestiona el relato de una sobreviviente. También se produce cuando se le obliga a superar barreras innecesarias para acceder a servicios que deberían estar garantizados.
Costa Rica ha construido, mediante décadas de luchas sociales, importantes avances en el reconocimiento de la violencia contra las mujeres como un problema de derechos humanos y salud pública. Estos avances no surgieron espontáneamente. Son el resultado del trabajo sostenido de organizaciones de mujeres, profesionales, instituciones y comunidades que han exigido respuestas más humanas y efectivas.
Hoy, cuando MUSADE cumple 40 años de trabajo comunitario, reafirmamos que los derechos conquistados deben fortalecerse y no quedar sujetos a interpretaciones que puedan limitar su ejercicio.
La atención a las víctimas de violencia sexual debe sustentarse en evidencia científica, consentimiento informado, autonomía personal y respeto a la dignidad humana. Las convicciones individuales merecen respeto, pero no deben convertirse en barreras para el acceso a servicios de salud.
Por ello, consideramos necesario que la Asamblea Legislativa reconsidere la exclusión de la anticoncepción de emergencia y garantice expresamente su disponibilidad dentro de la atención integral a las víctimas de violación sexual.
Ninguna mujer, adolescente o niña debería enfrentar una segunda forma de violencia cuando acude al Estado en busca de protección.
La verdadera medida del compromiso de una sociedad con los derechos humanos no está solamente en sus discursos, sino en las garantías concretas que ofrece a quienes más necesitan protección.
La atención integral a las víctimas de violencia sexual es un derecho, no una concesión.
