Magistrados tuvieron por "probado" que el detenido "fue quien empujó primero a un policía por la espalda".
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, conocida popularmente como Sala IV, rechazó un recurso de habeas corpus a favor de un agricultor detenido durante una protesta en las afueras de la Casa Presidencial el pasado martes 11 de noviembre.
Según informó la oficina de prensa del tribunal constitucional, la unanimidad de la Sala declaró sin lugar el recurso que se tramitó bajo el expediente 25-0351560-0007-CO.
Luego de examinar la prueba aportada por todas las partes, el Tribunal concluyó de forma unánime, que, desde la perspectiva constitucional y con base en las pruebas aportadas al caso, no se lesionó ningún derecho fundamental, toda vez que la propia persona amparada fue quien primero empujó a un policía por la espalda durante la protesta, ante lo cual su aprehensión por parte de las autoridades policiales estuvo justificada".
Los magistrados también tuvieron por probado que el tutelado fue puesto a disposición de las autoridades judiciales dentro del plazo razonable, y que "no se aportó prueba alguna que rebatiera los informes rendidos bajo juramento y los elementos probatorios aportados por las autoridades recurridas, incluso un video".
La Sala advirtió que su decisión se tomó sin perjuicio de la discusión que se dará en la sede legal ordinaria.
El agricultor en cuestión es Roy Fallas, oriundo de Acosta, y quien niega haber sido quien empujara al oficial de policía. Según publicó el medio El Observador, Fallas sostiene que en medio de un forcejeo por el bloqueo de la policía a las calles que rodeaban Casa Presidencial, una valla cayó, un policía empujó a uno de los manifestantes y cuando él se acercó a ver qué pasaba, el policía se dio la vuelta y lo detuvieron a él.
El habeas corpus sostenía que varios oficiales de Fuerza Pública reaccionaron de manera violenta y desproporcionada en contra de Fallas. Asimismo alegaba que fue agredido y esposado, luego movilizado sin paradero conocido, y privado de libertad sin control de un juez. Sin embargo, el tribunal tuvo por desacreditados todos esos alegatos.
Fallas enfrenta un proceso penal por resistencia agravada a la autoridad, al tiempo que él presentó una denuncia contra los oficiales de policía por abuso de autoridad.
Gerardo Huertas Angulo, abogado defensor de Fallas, reaccionó a este fallo de la Sala:
[El habeas corpus] no tiene nada que ver con la defensa de Roy ni incide en su proceso penal, no fue presentado por nosotros, y desconocemos el origen o los fundamentos del mismo. Como es sabido cualquier tercera persona puede interponer un recurso de habeas corpus ante Sala Constitucional a favor de otro aún sin su autorización o sin poder alguno, por la naturaleza de esa vía constitucional. Evidentemente una tercera persona que presente un recurso sin coordinación previa, sin conocer o cumplir los requisitos legales, y sin tener las pruebas y TODOS los videos desde diferentes ángulos que nosotros sí estamos aportando en donde corresponde, no le estaría dando a la Sala los insumos necesarios para abordar el caso en su debida perspectiva. Eso aunado a que esto NO es un asunto que nosotros pretendamos llevar a la Sala Constitucional mediante un “habeas corpus”, porque la discusión del caso es estrictamente jurisdiccional y se está realizando ante la Fiscalía y los tribunales respectivos, y en esa vía ordinaria la gestión de acumulación -única que sí fue planteada por esta defensa- ya fue acogida y aceptada a favor de Roy".
--
Nota del autor: Esta noticia se actualizó a las 23:51 horas del 24 de noviembre de 2025 para incorporar la declaración del abogado defensor de Fallas.




