La iniciativa sustituiría el impuesto a la propiedad de los vehículos por un pago fijo anual destinado a la red vial.

El diputado Gilberto Campos Cruz, del Partido Liberal Progresista, presentó el proyecto de ley “Para la eliminación del marchamo y creación del derecho de circulación en Costa Rica”, que propone suprimir el actual impuesto a la propiedad de los vehículos automotores y sustituirlo por una contribución anual denominada "derecho de circulación".

Según el texto, presentado bajo el expediente 25.292, el nuevo tributo tendría un carácter más simple y transparente; y sus recursos recaudados se destinarían en su totalidad a la construcción, mantenimiento y mejora de las carreteras nacionales y cantonales, administradas por el Consejo Nacional de Vialidad (Conavi) y las municipalidades.

"Con esta ley, las personas tendrán la certeza de que al pagar por circular sus vehículos, los fondos se emplearán en mejorar las calles nacionales y cantonales", señala la exposición de motivos.

El proyecto fija un monto único de ₡50.000 anuales para los vehículos particulares y ₡25.000 para los de transporte público de pasajeros. Además, incluye un aporte adicional de ₡1700 por vehículo que sería distribuido entre organizaciones sociales, como la Asociación de Guías y Scouts de Costa Rica, el Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (Conapdis) y el Hogar de Ancianos de Pérez Zeledón, entre otras.

La iniciativa también establece que el pago del nuevo derecho será anual y obligatorio entre el 1.º de noviembre y el 31 de diciembre de cada año. El incumplimiento podría implicar el retiro de las placas de circulación y una multa del 1% mensual sobre el monto pendiente, hasta un máximo del 20%.

Campos argumentó que el actual marchamo, vigente desde 1987 bajo la Ley N.º 7088, es complejo, arbitrario y poco transparente, pues su cálculo depende de valoraciones fiscales difíciles de verificar y no refleja la capacidad económica del propietario.

"El marchamo se ha convertido en una carga fiscal sin sentido, cuya metodología de cálculo es injusta y discrecional", indica el texto.

La propuesta compara el sistema costarricense con los de otros países, señalando que en lugares como Panamá y Guatemala el pago anual por circular vehículos similares es de 29 y 17 dólares, respectivamente, mientras que en Costa Rica supera los ₡210.000.

El proyecto además reforma el artículo 9 de la Ley N.º 7088, manteniendo el impuesto únicamente para aeronaves y embarcaciones, pero con nuevas reglas de cálculo y depreciación anual para determinar su valor fiscal.

Dado que la Asamblea Legislativa se encuentra actualmente en período de sesiones extraordinarias, para poder empezar el trámite de este proyecto se requiere su convocatoria por parte del Poder Ejecutivo, o bien, esperar al mes de febrero cuando el Congreso retome el control de la agenda legislativa.