Los aranceles, sin embargo, siguen vigentes mientras el caso llega a la Corte Suprema.

Un tribunal federal de apelaciones en Estados Unidos resolvió que Donald Trump no tiene derecho legal a declarar emergencias nacionales para imponer aranceles a las importaciones, pero permitió que las tarifas sigan en vigor de manera temporal mientras el caso se somete a revisión de la Corte Suprema.

La decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Federal, adoptada por siete votos contra cuatro, confirmó en gran medida el fallo emitido en mayo por un tribunal especializado en comercio con sede en Nueva York. Esa instancia había concluido que las medidas de Trump, conocidas como “tarifas del Día de la Liberación”, “exceden cualquier autoridad otorgada al presidente” en virtud de la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional de 1977 (IEEPA, por sus siglas en inglés).

El presidente reaccionó de inmediato en su red social y advirtió:

Si se mantiene esta decisión, literalmente destruiría a Estados Unidos de América".

Los aranceles en disputa corresponden a dos decretos. El primero, anunciado el 2 de abril y bautizado por Trump como “Día de la Liberación”, impuso gravámenes “recíprocos” de hasta 50% a países con los que Washington mantiene déficit comercial y un arancel base de 10% a la mayoría de las demás naciones. El segundo, del 1 de febrero, estableció lo que denominó “aranceles de tráfico” sobre importaciones de Canadá, China y México, bajo el argumento de frenar el ingreso ilegal de drogas y migrantes.

Los demandantes —cinco empresas y doce estados— sostuvieron que los déficits comerciales no constituyen una “amenaza inusual y extraordinaria” que justifique una emergencia nacional bajo la IEEPA. La corte coincidió con ese razonamiento y también dictaminó que los gravámenes contra Canadá, China y México no guardan relación directa con el problema que buscaban resolver.

El gobierno de Trump había invocado un precedente de 1971, cuando Richard Nixon utilizó la Ley de Comercio con el Enemigo de 1917 para imponer tarifas en medio de la crisis tras el abandono del patrón oro. Sin embargo, el tribunal recordó que ningún presidente había apelado antes a la IEEPA para fijar impuestos de importación.

Según datos oficiales, los ingresos aduaneros derivados de las medidas de Trump sumaban 142.000 millones de dólares en julio, más del doble que un año atrás. El Departamento de Justicia advirtió que anular los aranceles podría obligar a devolver parte de esos fondos y provocar un “daño financiero” al Tesoro.

El fallo no afecta otras medidas comerciales dictadas por Trump, como los aranceles sobre el acero, el aluminio y los automóviles, ni las sanciones a China que la administración de Joe Biden decidió mantener. Trump adelantó que apelará de inmediato ante el Tribunal Supremo.

Tras conocerse el fallo, desde el Ministerio de Comercio Exterior (Comex) indicaron:

El Gobierno de Costa Rica analiza el reciente fallo de una corte federal de apelaciones de los Estados Unidos, que declaró inválidos ciertos aranceles establecidos por la administración del Presidente Donald Trump, bajo la invocación de poderes de emergencia. La implementación del fallo se difirió a octubre y este puede ser apelado ante la Corte Suprema. Continuaremos monitoreando de cerca el desarrollo de este proceso".

Nota del autor: esta noticia fue actualizada a las 18:20 del 29 de agosto de 2025 para incluir las declaraciones de Comex.