Días atrás se publicó la noticia de que en la Comisión de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa se conocería un nuevo texto sustitutivo del proyecto de ley Nº24624 propuesto por el Poder Ejecutivo —para reformar la Ley de regulación de los dispositivos electrónicos para administración de nicotina, de tabaco calentado y similares (Ley 10066)— en el que se había eliminado el impuesto específico del 20% a vaporizadores y dispositivos para la administración de nicotina, según denunció la señora ministra de Salud, Mary Munive.
Hay argumentos para presumir que una decisión como la anterior estuvo influenciada por la presión de las cámaras empresariales y asociaciones provapeo, quienes llevan años promoviendo la falsa idea de que la reducción de riesgos puede ser igualmente aplicable a la problemática del consumo de tabaco. En los criterios enviados a la Comisión de Asuntos Sociales, algunas de estas agrupaciones habían solicitado que dicho impuesto fuera eliminado.
No obstante, a pesar de la denuncia realizada y del esfuerzo por fortalecer la Ley Nº10066, la propuesta del Poder Ejecutivo tiene un enorme yerro, ya que propone que el dinero recaudado por el impuesto sea destinado al Sistema de Cuentas del Sector Público para “financiar las obligaciones y facultades otorgadas a la autoridad sanitaria y otras instituciones que abarca la presente ley”. Con ello, ya no se garantiza que dichos fondos sean efectivamente transferidos a dichas entidades, lo cual generará incertidumbre sobre la disponibilidad de recursos económicos para atender los impactos en salud pública, derivados del consumo de estos nuevos dispositivos. Hay que recordar que la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) ha denunciado públicamente que en los últimos tres años el Ministerio de Hacienda no ha girado ningún recurso de la Ley Nº10066 y ha depositado menos de la mitad de lo correspondiente por impuestos a productos de tabaco.
Esta indefinición de los dos poderes de la República se da en el peor momento posible, precisamente porque en días recientes el Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA) confirmó que 444 menores de edad se han acercado a la institución por adicción a los vaporizadores. La CCSS alertó desde el año anterior el aumento sostenido en la atención de pacientes que ingresan por afectaciones del vapeo, pasando de 13 en el 2021 a 1456 casos en el 2023, focalizado especialmente en jóvenes de 15 a 29 años. Bajo ese escenario, es un desacierto eliminar un impuesto que tiene el potencial de mejorar la atención médica y trabajar desde la prevención de consumo.
Al igual que con el proyecto de ley Nº23880 para actualizar el impuesto a los productos de tabaco y redistribuir mejor los recursos generados por este -que está frenado en la Comisión de Asuntos Hacendarios con la oposición de las cámaras empresariales-, las fracciones legislativas tienen en el proyecto de ley Nº24624 una excelente oportunidad para demostrar que se interesan por la protección de niños y jóvenes ante la embestida de los nuevos productos de tabaco y nicotina.
Es el viejo dilema de intereses de salud pública frente a intereses comerciales. Ya es hora de que sepamos diferenciar como país cuál de los dos es el más importante.
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