La iniciativa establece que las personas con pensiones superiores a los 929 mil colones, podrán retirar el ROP en un solo tracto.
La diputada del Partido Progreso Social Democrático (PPSD), Ada Acuña Castro, presentó a la corriente legislativa un proyecto de ley (expediente 24.984) que propone una reforma integral a la Ley de Protección al Trabajador (Ley 7983) para permitir que las personas que tengan las pensiones más altas del régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) puedan retirar en un solo tracto los fondos acumulados en su cuenta individual del Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROP).
Dato D+: El proyecto no incluye la posibilidad de retiro completo a las personas pensionadas por la Junta de Pensiones del Magisterio (Jupema) ni por el sistema de pensiones del Poder Judicial.
La propuesta establece que quienes reciban una pensión igual o superior al salario mínimo exento del impuesto sobre la renta, que actualmente es de 929.000 colones mensuales, pueden acceder de inmediato al total de sus recursos acumulados en el ROP, sin necesidad de someterse a las modalidades de pensión fraccionada establecidas actualmente.
Para quienes reciban una pensión inferior a ese umbral, la iniciativa crea una nueva modalidad de renta temporal complementaria, en la que el ROP se utilizaría para complementar mensualmente la pensión del IVM hasta alcanzar el tope de 1.666.062, distribuyendo los recursos según el saldo disponible en cada cuenta individual.
La diputada también propone permitir el retiro total en un plazo máximo de seis meses para personas que enfrenten enfermedades graves o terminales, debidamente certificadas por la CCSS, y autoriza el cambio de modalidad para quienes ya estén pensionados.
Adicionalmente, el proyecto establece que las operadoras de pensiones deberán devolver la totalidad de las comisiones cobradas en los periodos en que las inversiones tengan minusvalías, y endurece sus obligaciones de transparencia, incluyendo la entrega de información individualizada sobre rentabilidad, riesgo y estado de la cuenta.
La propuesta también deroga los artículos 24 y 25 de la ley vigente para eliminar la modalidad de renta vitalicia, elimina los transitorios XIX y XX, y adiciona nuevos transitorios para garantizar la aplicación retroactiva de los cambios a personas ya jubiladas.
Debido a que la Asamblea se encuentra en periodo de sesiones extraordinarias, el proyecto podrá iniciar su trámite legislativo ordinario si es convocado por el Poder Ejecutivo, o a partir del 1 de agosto.