La Sala sólo declaró inconstitucional una norma de ejecución relativa a la incorporación al presupuesto de los créditos aprobados por la Asamblea.
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, conocida popularmente como Sala IV, declaró inevacuables los cuestionamientos de constitucionalidad formulados por miembros del oficialismo y del partido Nueva República en contra de los aumentos hechos por la Asamblea Legislativa a rubros de cultura, educación, seguridad, infraestructura y el Fondo Especial para la Educación Superior (FEES) en el presupuesto nacional 2025.
Mediante la sentencia 2025-470 emitida ayer 8 de enero, los magistrados constitucionales se negaron a resolver las objeciones hechas contra la aprobación de las mociones 11, 15, 18, 25, 26, 33, 34, 42, 43, 50, 51, 53, 54, 55, 56, 57, 60, 69, 70, 71, 75, 81 y 98 en el trámite de la Comisión de Asuntos Hacendarios, así como contra las normas de ejecución presupuestaria números 1, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 15, 20, 21, 26 y 27 del proyecto de ley.
El oficialismo y Nueva República alegaron que la aprobación de esas mociones por parte de los diputados durante el trámite de comisión, era inconstitucional por no señalar nuevos recursos para los nuevos gastos, pues en su lugar reasignaban recursos del pago de intereses de la deuda, violando las competencias constitucionales del Poder Ejecutivo.
Los magistrados rechazaron entrar a conocer los cuestionamientos sobre esas mociones. Según la jurisprudencia, la Sala declara "inevacuables" las objeciones hechas por los diputados en las consultas ante ese tribunal, cuando en su escrito son incapaces de hacer una exposición de dudas de constitucionalidad, y si no fundamentan las razones.
La Sala únicamente entró a valorar la constitucionalidad de algunas normas de ejecución presupuestaria que fueron impugnadas por el oficialismo y sus aliados neorrepublicanos.
En el caso de las normas 22 y 23, la Sala resolvió que no eran inconstitucionales. La primera establece que el Ministerio de Hacienda deberá enviar a la Comisión de Asuntos Hacendarios, a más tardar el 15 de febrero de 2025, una certificación de los ingresos efectivos del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Fodesaf). Esa certificación debe detallar el presupuesto asignado a Fodesaf para 2025, proveniente tanto de contribuciones sociales como del impuesto al valor agregado (IVA), y cómo estos ingresos se distribuyen dentro del presupuesto de la República. Además, se deberá incluir una estimación de los 593 mil salarios base mencionados en la Ley 5662 y la diferencia entre los ingresos del IVA y dicha estimación.
Mientras tanto, la norma 23 indica que la Dirección General de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Desaf), el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y el Ministerio de Hacienda deben presentar, a más tardar el 31 de agosto de 2025, un informe conjunto a la Comisión de Asuntos Hacendarios. Ese informe debe identificar los recursos asignados y ejecutados por las unidades ejecutoras del Fodesaf en 2025, conforme a la Ley 5662 y sus reformas. El informe debe incluir detalles sobre los montos asignados y ejecutados para cada destino específico dentro del presupuesto, su porcentaje de ejecución y las modificaciones presupuestarias realizadas hasta esa fecha en las partidas relacionadas con Fodesaf.
La Sala también rechazó el cuestionamiento de constitucionalidad sobre la norma de ejecución 24, la cual indica que el Ministerio de Hacienda debe remitir, a más tardar el 15 de febrero de 2025, a la Comisión de Asuntos Hacendarios, una certificación emitida por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) sobre la inclusión total o parcial de las obligaciones del Estado con los seguros sociales para el ejercicio económico 2025, junto con un análisis del impacto de dicha asignación en las finanzas de la CCSS; y un análisis de la evolución de los montos presupuestados y ejecutados, asignados a la CCSS en los últimos diez ejercicios presupuestarios, así como un análisis de la evolución de la deuda del Gobierno con la CCSS.
Por mayoría 6 vs. 1, la Sala sí declaró que la norma de ejecución número 25 del presupuesto es inconstitucional por un vicio de procedimiento, pues excede la materia propia de la ejecución presupuestaria y violenta el artículo 177 de la Constitución Política.
La norma declarada inconstitucional establece que el Ministerio de Hacienda debe incorporar los recursos de los créditos externos aprobados por la Asamblea Legislativa, a más tardar dos meses después de la entrada en vigencia de sus respectivas leyes, para cumplir con el principio de universalidad e integridad. Para acreditar este cumplimiento, Hacienda debía remitir a la Asamblea Legislativa, en la exposición de motivos de los presupuestos extraordinarios presentados, un análisis de los recursos de los créditos externos aprobados, incorporados y los pendientes de incorporación correspondientes a ejercicios anteriores, junto con su respectiva justificación.
El magistrado Paul Rueda Leal salvó el voto sobre ese punto, por considerar que la consulta sobre esa norma de ejecución presupuestaria debía declararse inevacuable.
Al tratarse de un vicio de procedimiento, la resolución de la Sala sí tiene un efecto vinculante, por lo que el Ministerio de Hacienda no tendrá que cumplir con lo que el texto anulado establece.
Aumentos que el oficialismo y Nueva República pidieron declarar inconstitucional
- Moción 11: Destinó 1900 millones de colones de la partida de Intereses de Deuda Interna, para aumentarlos como transferencia de capital al INCOFER, para conclusión de obras del proyecto tren a Paraíso de Cartago.
- Moción 15: Destinó 4900 millones de la partida de Intereses de Deuda Interna, para aumentarlos en el programa 327 "Atención de Infraestructura Vial del MOPT", para adquisición de terrenos para la nueva carretera a San Carlos, Ruta Nacional Número 35.
- Moción 18: Destinó 1500 millones de la partida de Intereses de Deuda Interna, para aumentarlos como transferencia corriente a la Cruz Roja, dentro del programa 635 del Ministerio de Salud.
- Moción 25: Destinó 30 millones de la subpartida publicidad y propaganda del programa 332 "CONAVI" del MOPT, así como 120.0 millones de la partida de Intereses de Deuda Interna, para aumentarlos como transferencia (corriente y de capital) a la Editorial Costa Rica.
- Moción 26: Destinó 850,0 millones de la partida de Intereses, para aumentar en el Programa 331-01 del MOPT, como transferencia de capital al INCOFER, para la conclusión de obras necesarias para la llegada del tren al cantón de Alajuela, distrito San Rafael.
- Moción 33: Destinó 100.0 millones de la partida de Intereses para aumentarlos como transferencia corriente a favor de la Fundación Ayúdenos para Ayudar, dentro del programa 553-2 del MEP.
- Moción 34: Destinó 119.0 millones de la partida de Intereses para aumentarlos como transferencia corriente a la Universidad Técnica Nacional, para la sede San Carlos para la creación del centro de investigación y desarrollo de bienestar financiero para las áreas de investigación, docencia y extensión de la UTN.
- Moción 42: Destinó 194.7 millones de la partida de intereses para reforzar varias subpartidas del presupuesto del programa 224 "COPROCOM" del MEIC.
- Moción 43: Destinó 201.1 millones de la partida de intereses para financiar la creación de 8 plazas en el programa 224 "COPROCOM" del MEIC.
- Moción 50: Destinó 500.0 millones de la partida de intereses para aumentar en la transferencia corriente a las Casas de la Alegría, en el programa 737 "FODESAF" del MTSS.
- Moción 51: Destinó 85.0 millones de la partida de intereses para aumentar en la transferencia corriente a favor de los Comités de la Persona Joven, en el programa 760 "Consejo Nacional de la Política Pública de la Persona Joven" del Ministerio de Cultura y Juventud.
- Moción 53: Destinó 7013 millones de la partida de Intereses, para financiar la creación de varias plazas en el OIJ, mediante decreto ejecutivo.
- Moción 54: Destinó 1500.0 millones de la partida de Intereses para reforzar varias subpartidas del programa 789 "Atención de Personas Adscritas al Sistema Penitenciario Nacional" del Ministerio de Justicia y Paz.
- Moción 55: Destinó 2295 millones de la partida de Intereses, para financiar la creación de varias plazas en el Ministerio Público, mediante decreto ejecutivo.
- Moción 56: Destinó 1500 millones de la partida de Intereses, para reforzar varias subpartidas del programa 55 "Migración y Extranjería" del Ministerio de Gobernación y Policía.
- Moción 57: Destinó 5100 millones de la partida de Intereses, para reforzar varias subpartidas del programa 93 del MSP, así como la creación de 220 plazas de Agente 1 de Fuerza Pública, mediante decreto ejecutivo.
- Moción 60: Destinó 7710 millones de la partida de Intereses para aumentarlos como transferencia corriente en el programa 558 "Programas de Equidad" del MEP, para reforzar el programa de becas AVANCEMOS.
- Moción 69: Destinó 10.000 millones de la partida de Intereses para aumentarlos como transferencia corriente en el programa 557 del MEP, para gastos varios de las Juntas de Educación. Incluye 2000 millones para reforzar el pago de servicios básicos.
- Moción 70: Destinó ¢2405 millones de la partida de Intereses para aumentarlos como transferencia corriente en el programa 558 del MEP, para subsidio de pasajes para el transporte de estudiantes.
- Moción 71: Destinó 426.9 millones de la partida de Intereses para aumentarlos como transferencia corriente en el programa 573-2 del MEP, para fortalecer el presupuesto de colegios científicos y humanísticos.
- Moción 75: Destinó 1422 millones de la partida de Intereses para aumentarlos en varios programas del Ministerio de Cultura y Juventud.
- Moción 81: Destinó 37.8 millones de la partida de Intereses para aumentarlas en la partida 9 del programa 929 "Ministerio Público" del Poder Judicial, para la creación de dos plazas de coordinador judicial.
- Moción 98: Destinó 236.6 millones de la partida de Intereses para aumentarlos en varios programas (751, 753, 755, 758, 760) del Ministerio de Cultura y Juventud, para financiar requerimiento de recurso humano (14 plazas).
- Moción 107: Destinó 11.521 millones de la partida de Intereses para aumentarlos en el FEES, programa 550 del MEP.