TSE señaló que cada voto en el proceso electoral municipal representará 3.399,19 colones.
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) determinó las agrupaciones partidarias que podrán optar por la contribución estatal, así como el monto máximo al que tienen derecho, de acuerdo con los resultados de las elecciones municipales, celebradas el pasado 4 de febrero.
Desde el TSE informaron que la cantidad de dinero para sufragar los gastos de los partidos políticos que participaron en las elecciones municipales celebradas en febrero del 2024, asciende a 10.795.048.560 colones.
De las 75 agrupaciones que participaron en las elecciones de febrero anterior, 62 obtuvieron el derecho a la contribución estatal, en proporción con la votación recibida, al haber alcanzado al menos un cuatro por ciento (4%) de los sufragios válidamente emitidos, en el cantón respectivo, para la elección de alcaldía o de regidurías, o que eligieron como mínimo, un regidor o una regidora.
Los 62 partidos que cumplieron con los requisitos se dividen en 14 nacionales, 5 provinciales, 39 cantonales y 4 coaliciones.
El TSE recordó que, de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Código Electoral, al dividir el monto de la contribución antes indicado, entre el total de sufragios válidos obtenidos por todos los partidos políticos con derecho a dicha contribución, da como resultado un valor por cada voto, que en esta ocasión es de 3.399,19 colones, que multiplicado por la votación total obtenida por cada uno de esos partidos, determinará el monto máximo que tendrá derecho a recibir cada una de las 62 agrupaciones con derecho a esta.
Adicionalmente, el Tribunal recordó que el que los partidos tengan derecho a la contribución estatal, no significa que recibirán el máximo permitido, ya que solo recibirán los recursos equivalentes a los gastos realizados durante el proceso electoral, para lo cual tenían tiempo hasta el pasado 6 de junio a fin de presentar sus liquidaciones de gastos, las cuales deben ser certificadas por un contador público autorizado para que el TSE analice su contenido y veracidad.
El organismo electoral revisará la documentación, con el propósito de comprobar los gastos y dictará una resolución final para determinar si procede o no el reembolso. Los gastos que pueden ser reintegrados son los que fueron realizadas entre el 4 de octubre del 2023 y el 20 de marzo del presente año. Por esto, los partidos políticos deberán presentar comprobantes, facturas, contratos y toda la documentación original que resulte pertinente para justificar los gastos de ese periodo.
Las siguientes son las agrupaciones partidarias y los montos máximos a los que podrán optar cada una de ellas: