La categoría en que peor evaluado resultó el país fue en la regulación del cabildeo: el país incumple todos los criterios de la OCDE.

La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) presentó recientemente su informe de Perspectivas sobre Anticorrupción e Integridad de 2024, que tiene como objetivo “apoyar los esfuerzos de los países miembros de la OCDE para combatir la corrupción y mantener la integridad”.

El informe fue realizado con base en los Indicadores de Integridad Pública de la OCDE, y muestra cómo están funcionando actualmente aspectos clave de los marcos de integridad de los países miembros de la organización, así como aspectos de mejora.

Los resultados para Costa Rica destacan como positivo que el país adoptó hace un par de años la Estrategia Nacional de Integridad y Prevención de la Corrupción 2021-2030 (ENIPC), pero mantiene deficiencias en otros aspectos, como el hecho de que no existe una institución del gobierno central responsable de desarrollar sistemas de control interno y auditoría interna, mantiene deficiencias en la regulación sobre el cabildeo, conflictos de interés y acceso a la información.

El informe señala que si bien la ENIPC, que fue realizada con la participación de diferentes ministerios, organismos gubernamentales y otros actores clave y se encuentra bajo la rectoría del Ministerio de Justicia y Paz, cuenta con planes de acción que incluyen indicadores a niveles de resultados para los objetivos de integridad pública, los planes de acción asociados no vinculan los objetivos con las organizaciones líderes identificadas, ni se relacionan con planes financieros específicos. Además, desde la OCDE señalaron que todavía no se han publicado los informes de monitoreo sobre el avance de dichos planes.

Adicionalmente, la categoría en que peor evaluado resultó el país fue la regulación del cabildeo, ya que el país no cumple con ninguno de los criterios de la OCDE. El informe señala que hasta la fecha, “las actividades de cabildeo no están reguladas por ley en Costa Rica, ni existen períodos de espera para funcionarios públicos y cabildeadores, ni una función supervisora en el gobierno central para supervisar la transparencia de las actividades de cabildeo”, y tampoco se cuenta con un registro de cabildeo para divulgar información como los dominios de intervención, tipos de actividades de cabildeo y presupuestos y gastos relacionados.

Dato D+: Durante la anterior Asamblea Legislativa se presentó un proyecto de ley para regular el cabildeo en instituciones públicas (expediente 22.799) el cual se encuentra en trámite en la Comisión de Asuntos Jurídicos desde marzo del 2022; mientras que los expedientes 21.34621.532, que también buscaban regular estas prácticas, ya fueron archivados.

En cuanto al acceso a la información pública, el informe señala que, aunque en Costa Rica, todas las personas, incluidos los no ciudadanas y personas jurídicas, tienen derecho a acceder a la información en todas las formas disponibles, no existe legislación que establezca que los datos del gobierno sean "abiertos por defecto".

Adicionalmente, se señaló como una falencia que datos como las agendas de sesiones del gobierno, las agendas de los ministros y los datos agregados sobre el cabildeo en la toma de decisiones públicas no sean publicados.

Dato D+: La Asamblea Legislativa tiene en trámite el expediente 23.113 para legislar sobre acceso a la información pública.

En temas de control interno, se señala que si bien el país cuenta con regulaciones de gestión de riesgos que incluyen estándares de control interno para el sector público, su implementación no está armonizada, y no se cuenta con un ente central que desarrolle sistemas de control interno. Desde la OCDE, destacaron la carencia de un informe integral sobre control interno y auditoría interna, así como un bajo uso en la práctica de herramientas de gestión de riesgos en las organizaciones presupuestarias en el país.

Además, la OCDE señaló que, aunque las unidades de auditoría interna están dotadas de personal de acuerdo con los requisitos legales en Costa Rica, no presentan informes anuales de actividades ni realizan aseguramiento de calidad de la función de auditoría interna, y aunque todas las organizaciones públicas en Costa Rica están bajo el ámbito de la auditoría interna, no hay datos disponibles sobre el número de organizaciones que han sido auditadas en los últimos cinco años. Además, se identificó que en el país no se realiza un seguimiento de la adopción o implementación de recomendaciones de auditoría interna.

Sobre el tema del manejo de los conflicto de intereses destaca que la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública del país enumera las incompatibilidades entre funciones públicas y otras funciones públicas o privadas y define responsabilidades institucionales, así como la obligación de altos jerarcas de  presentar declaraciones de intereses, pero no hay datos sobre la tasa de presentación de estas declaraciones de intereses, ni información sobre sanciones por incumplimiento.

Por último, sobre el financiamiento político, el informe destacó que el Código Electoral define sanciones por infracciones a las regulaciones sobre financiamiento político y campañas electorales, y prohíbe las donaciones anónimas, así como las contribuciones de estados extranjeros o empresas y empresas de propiedad pública, así como el hecho de que los partidos políticos deben informar sobre sus finanzas durante las campañas electorales y hacer públicos los informes financiero, pero señala que aunque los informes financieros de todos los partidos políticos están disponibles públicamente, no hay datos disponibles sobre si los partidos presentaron sus informes dentro de los plazos definidos por la legislación nacional.