Proyecto de ley presentado por la jefa del Partido Progreso Social Democrático establece sanciones penales a quien dañe el Sistema Nacional de Distribución de Energía Eléctrica o robe electricidad.

La jefa de la bancada de Progreso Social Democrático, Pilar Cisneros Gallo, presentó a la corriente legislativa un proyecto de ley (expediente 23.935) que establece penas de cárcel para las personas que se apoderen ilegítimamente de bienes de las empresas distribuidoras de energía eléctrica del país, a través del hurto y/o robo de energía.

Dato D+: Desde diciembre 2022 la Asamblea Legislativa aprobó una ley para para castigar con cárcel el robo de cableado eléctrico, telefónico, de cable, de telecomunicaciones o Internet, así como los dispositivos de seguridad en acueductos y señalamiento o seguridad vial y ferroviaria.

Según señala la exposición de motivos del proyecto “los hurtos y robos que habitualmente afectan el servicio público de la electricidad, se presentan por el uso ilegal de la energía eléctrica, en dos escenarios: 1) Cuando realizan conexiones directas e  inseguras a la red eléctrica y 2) En el que personas, con el fin de lucrar o de evadir el pago del servicio eléctrico realizan manipulaciones ilegales utilizando la fuerza, la creatividad y hasta la tecnología sobre el sistema de medición o en los componentes de la red eléctrica nacional”.

Adicionalmente, como parte de la justificación el proyecto indica que las empresas distribuidoras de electricidad han venido reportando que la actividad delictiva que afecta el suministro de energía eléctrica va en constante aumento.

El texto reconoce que el Código Penal ya contempla la figura de robo y hurto, y establece una agravante cuando los bienes se encuentran librados a la confianza, sin embargo, el texto indica que “no se encuentra claramente tipificado los delitos contra el bien de la electricidad como servicio público esencial, con el fin de obtener un beneficio ilegítimo lo que genera una imposibilidad legal de sancionar adecuadamente y proporcionalmente el daño causado”.

Las penas que introduciría el proyecto son:

  • De 6 meses a 4 años de prisión en caso de un daño en el Sistema Nacional de Distribución de Energía Eléctrica.
  • D 3 a 5 año de prisión a quien se apodere ilegítimamente de la energía eléctrica.
  • De 1 a 3 años de prisión a quien se apodere, altere o manipule ilegítimamente los sellos, conductores de acometida, medidores y demás dispositivos del sistema de medición de energía eléctrica.

Adicionalmente, el proyecto establece situaciones agravantes que aumentan hasta en un tercio esas penas, que incluyen:

  • Poner en peligro la vida o salud de las personas.
  • Cuando una persona intervenga en la comisión del delito en calidad de funcionario público, servidor público o persona que ejerza funciones públicas y con ocasión de ellas o con abuso de su cargo.
  • Cuando la persona integre un grupo que califique como delincuencia organizada
  • Cuando se genere una interrupción del suministro del fluido eléctrico total o parcial.

El proyecto también incluye que para las personas que sean condenadas por estos delitos queden inhabilitadas para “el desempeño de empleo, cargo o comisiones públicas que ejerza, incluso los de elección popular, por un período de uno a diez años”.