El Plenario de la Asamblea Legislativa aprobó este martes, en segundo debate, un proyecto de ley para castigar con cárcel el robo de cableado eléctrico, telefónico, de cable, de telecomunicaciones o Internet, así como los dispositivos de seguridad en acueductos y señalamiento o seguridad vial y ferroviaria.

Se trata del expediente 22.816 propuesto por la ahora exdiputada Franggi Nicolás Solano del Partido Liberación Nacional, y que recibió 45 votos a favor y 0 en contra en la votación final previa a su firma como Ley de la República.

El proyecto dispone que se considerará hurto agravado, castigado con cárcel de 1 a 10 años dependiendo del valor de lo sustraído, sustraer cualquier cosa vinculada a la prestación de un servicio público cuando, por el lugar en el que se encuentre, esté destinado al servicio, a la utilidad o la reverencia de un número indeterminado de personas.

La reforma aprobada también incluye una sanción de 3 a 5 años de cárcel a la persona que adquiera, reciba o esconda los elementos que fueron hurtados, o intervenga en su adquisición, recepción u ocultación.

Además, se agrega un nuevo delito al Código Penal para castigar con cárcel de 6 meses a 4 años a las personas que reciban cosas o bienes que, de acuerdo con las circunstancias, debía presumir que provienen de la comisión de un delito. Si se trata de cableado, dispositivos de seguridad de acueductos, señalamiento vial o ferroviario, la pena será de 4 a 6 años de cárcel.

A agosto de 2020 el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) contabilizaba pérdidas de ₡1292 millones de colones por robo de cable de telecomunicaciones en todo el país.