Proyecto incluye que aquellas personas asalariadas que reciban más de 842 mil colones mensuales deberán presentar declaración de renta anualmente

El Poder Ejecutivo presentó el jueves anterior un proyecto de reforma a la Ley de Impuesto sobre la Renta (expediente 23.760), que propone la integración de las fuentes de ingresos para el calculo de ese impuesto, agrupando bajo una tarifa común los ingresos por trabajo asalariado, ingresos por jubilaciones y pensiones, ingresos por una actividad económica independiente y los rendimientos del capital inmobiliario.

Si bien la principal reforma de la propuesta se genera por la unificación de ingresos, este proyecto también tendría un impacto para aquellas personas que solo tienen una fuente de ingreso, ya sea el salario u otra actividad económica, ya que se propone reducir el monto mensual de salario exonerado del pago de impuestos, se aumenta el monto anual para ingresos por actividades económicas y se introduce una nueva tarifa del 30% a los ingresos que se generen por encima de los 48 millones de colones anuales, lo que equivale a ingresos de 4 millones de colones mensuales.

Dato D+: El proyecto mantiene la exoneración al impuesto de la renta a los ingresos por aguinaldo y salario escolar.

Según el texto presentado por el Ejecutivo los ingresos anuales de hasta 10.104.000 colones estarán exonerados del pago del impuesto (lo que el proyecto denomina mínimo vital, monto que se ajustaría anualmente por inflación), y que es equivalente a un ingreso mensual de 842.000 colones, sin embargo, en el esquema de renta actual los salarios están exonerados hasta los 941.000 colones, por lo que una persona que actualmente tiene un salario de 941.000 colones mensuales y está exonerada, pasaría a pagar 9.900 colones al mes por impuesto de renta (118.000 colones anualmente).

Además, debido a la forma en la que está diseñado el impuesto, ese incremento en el pago de renta crece entre más altos sean los salarios, sin contar que, cualquier ingreso adicional que reciba la persona, ya sea por otro salario o por servicios profesionales, aumentaría el monto gravable.

En el caso de las personas físicas que realizan actividades económicas, lo que usualmente se denomina trabajadores independientes, el proyecto presentado por el Poder Ejecutivo más bien reduciría lo que deben pagar por impuesto de renta.

Para las personas trabajadoras independientes, actualmente el cálculo del Impuesto sobre la Renta se realiza deduciendo a todos los ingresos generados por una actividad económica aquellos gastos que sean demostrables y estén directamente relacionados con la actividad económica, lo cual se mantiene en el expediente 23.760, por lo que se puede hacer la comparación sobre los eventuales ingresos netos mensuales. En este caso se evidencia que más bien se da una reducción en el monto del impuesto, y esa reducción crece entre más altos son los ingresos, pero, por la nueva tarifa de 30% sobre los ingresos superiores a 4 millones de colones mensuales, a los ingresos más altos más bien le significaría un incremento en el impuesto.

Adicionalmente, otra de las modificaciones que se introduce es que, según propone el proyecto, las personas que reciban sus ingresos exclusivamente por recibir un salario deberán presentar anualmente una declaración de impuesto de la renta si sus ingresos anuales son superiores al mínimo vital, equivalente a un salario de 842.000 colones mensuales.

En conferencia de prensa la noche del viernes el ministro de Hacienda, Nogui Acosta Jaén, señaló que la propuesta del Ejecutivo puede ser revisada en cuanto a los tramos mínimos exentos ya que, según aseguró, el proyecto presentado no pretendía recaudar más impuestos.