Voto público y transparencia. Trece son las personas que se postularon a la plaza vacante de magistrado penal (Sala III) que dejó don Álvaro Burgos Mata (q. d. D. g). Un nuevo congreso de la República que, ya discute sobre un voto público, que a todas luces romperá un paradigma, y será un paso más hacia la transparencia. También, se vienen momentos cruciales en el seno de la Corte Plena: la elección del fiscal general y de la nueva persona que asumirá la Presidencia de dicho órgano judicial, siendo importantísimo que también sendas decisiones sean con voto público, ya que así se dará un ejemplo al Poder Legislativo.

Una labor titánica

Todas las personas trabajan en el Poder Judicial, ocho hombres y cinco mujeres, así como doce jueces y una defensora pública. Contamos con funcionarios/ as con amplia experiencia en materia penal, jueces con categorías cinco y cuatro. También, hay una combinación entre funcionarios jóvenes y personas con más de cincuenta años, lo cual se convierte en una amalgama perfecta entre “… experiencia y juventud…”. Nota interesante, entre los/ as postulantes hay cinco magistrados/ as suplentes, y personas que actualmente ocupan cargos de coordinación en sus despachos. También funcionarios/ as con amplia experiencia en la docencia universitaria, y en la Escuela Judicial del PJ. Otro dato interesante, es que no hay un sólo abogado particular, lo cual es bien llamativo, y también tenemos funcionarios/ as que laboran fuera de San José, lo cual es también positivo, para evitar el “chepe centrismo”. El informe del Estado de la Justicia, el Foro de la Justicia, y los gremios de jueces han abogado por el mejoramiento de los criterios para la escogencia de las magistraturas, en lo cual concuerdo, por eso abordaré dos temas: ¿qué criterios tomar en cuenta para la escogencia? Y ¿qué nivel de influencia puede tener la política en esta selección?

En primer lugar, Perfecto Andrés Ibáñez considera los siguientes elementos como básicos:

– La capacidad de independencia, demostrada, en su caso, en la gestión de procesos dotados de especial dificultad, por ejemplo, por razón de los sujetos implicados, y en función de otros datos. – La calidad media de las decisiones. – La laboriosidad y la dedicación acreditadas en los puestos desempeñados con anterioridad. – La rapidez y diligencia en el despacho de los asuntos. – La accesibilidad y la calidad del trato dado a los justiciables, a los colegas, a los funcionarios, a los profesionales y a las personas en general. – La antigüedad: dato que, por su objetividad, deberá prevalecer en presencia de méritos claramente equiparables”.

Confirmo que, habiendo trabajado con la gran mayoría de las personas postulantes, no debería haber problemas al momento de la escogencia, y aunque no voy a exponer lo que pienso en cada caso, creo que quien quede será una persona apta é idónea para el cargo, y eso debería ser tranquilizador para la ciudadanía. Ahora, el quid del asunto será escoger a la mejor persona posible, lo cual será una labor titánica —por la alta calidad de las personas postulantes—, además, porque no sólo se trata de un tema de títulos o formación jurídica, sino de la antigüedad laboral efectiva como operadora del derecho o administrador de justicia, y que haya sido una persona sobresaliente en su trabajo en las “trincheras” y que haya conocido el país en su labor jurisdiccional, también que posea amplia experiencia en la dirección de personal, y con alta capacidad de trabajo en condiciones de mucha presión. Precisamente, la pandemia que hemos vivido ha revelado el compromiso o no de cada persona funcionaria judicial, en donde algunos circuitos “sacaron la cara” y trabajaron “al pie del cañón” —justamente— en los momentos más álgidos de la misma, incluso “in situ”. Por ejemplo, el estudio del Estado de la Justicia 2022 reveló que sólo en un circuito judicial aumentó la litigiosidad —durante la pandemia—, lo cual pudo obedecer a muchos factores que no son de interés en este artículo, pero revela que también el liderazgo y el trabajo efectivo y eficiente es un tema digno de análisis al momento de la escogencia. Concluyendo, que mi candidato/ a ideal, será aquel o aquella que se acerque más a estos estándares que aborda el magistrado emérito español Perfecto Andrés Ibáñez:

al ser la administración de justicia, en la mayor medida, una actividad que se resuelve en la valoración de conductas, su desempeño en condiciones ideales demanda de quienes la realizan probidad, imparcialidad, y equilibrio…”.

Los jueces de la política y la política de los jueces

Constantemente en sesiones de Corte Plena se escucha la frase “gobierno judicial”, por ello otro tópico, es sí la próxima elección para la máxima cámara penal estará exenta de la influencia política, y si en la Asamblea van a priorizar las aptitudes y actitudes académicas, la capacidad y calidad de trabajo, y sus condiciones personales: integridad, honestidad, sentido común e incorruptibilidad, por encima de la afinidad política o no. En tal sentido, de entrada no se puede excluir que la política tenga influencia en la elección, ya que todo empieza por quiénes eligen a los/ as magistrados/ as, y segundo, probablemente, todos/ as tuvimos en algún momento una bandera partidaria -sobre todo en la niñez y adolescencia-por lo que algún nivel de influencia habrá políticamente hablando, pero lo que es inadmisible es que hayan compadrazgos, o acuerdos entre quien elige y quien es elegido, ya que ello comprometerá la independencia judicial y la integridad de las decisiones a dictar. Es así como, el citado autor menciona que:

la contaminación política no había que negarla, sino, antes bien, hacerla evidente como dato y necesario objeto de atención pública. Para favorecer la conciencia crítica del juez acerca de la significación de su propio papel y evitar posibles instrumentalizaciones de aquella procedencia”.

En el mismo orden, Norberto Bobbio escribía en 1971: "El apoliticismo, como por lo demás la imparcialidad, es una actitud ética…" (Ibidem). Por todo ello, no dudo que los jueces tengamos una ideología, pero muy diferente es tener partido político, lo cual de por sí está prohibido por la Ley Orgánica del Poder Judicial, además, como bien lo afirma Perfecto Andrés Ibáñez en clara alusión a la realidad española: “no es la jurisdicción la que invade la política, sino una parte de ésta la que se habría precipitado en una suerte de foso séptico)". Así que cada uno coja para su saco, y quien se sienta aludido deberá reflexionar al respecto, haciendo un acto de introspección.

Espero que el nuevo Congreso dé un golpe de timón, y que de la forma más responsable elijan a aquella persona que vaya a aportar sus conocimientos, habilidades y características personales para el mejoramiento de la Administración de Justicia, ello de una forma independiente e imparcial.

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