La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, conocida popularmente como la Sala IV, resolvió este miércoles que el proyecto de Ley del Cannabis para Uso Medicinal y Terapéutico y del Cáñamo para uso Alimentario e Industrial, tramitado en el expediente 21.388, no tiene las inconstitucionalidades alegadas por los diputados consultantes.
Por sentencia 2021-027043 de las 12:45 horas de este 30 de noviembre, la unanimidad de los magistrados constitucionales indicó que el proyecto de ley "no contiene vicios sustanciales de procedimiento legislativo, ni de fondo por infracción a la Convención Única sobre Estupefacientes de las Naciones Unidas, del Protocolo de Modificación de la Convención Única sobre Estupefacientes 1961, la Convención de Viena sobre Sustancias Psicotrópicas (1971), y la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas".
El voto integral deberá ser notificado ahora a la Asamblea Legislativa para que el proyecto de ley se pueda votar en segundo debate, ya que el Ejecutivo ya convocó el proyecto a las sesiones extraordinarias.
El 21 de octubre, un grupo de diez diputados conservadores frenó el segundo debate del proyecto de ley para autorizar en Costa Rica el uso de la cannabis con fines terapéuticos y medicinales y del cáñamo con fines alimentarios e industriales, tras interponer la consulta legislativa de constitucionalidad en su contra.
El proyecto, aprobado en primer debate el 19 de octubre con 33 votos a favor y 13 en contra, estaba en la agenda del Plenario para ser votado la tarde de ese día, sin embargo la presentación de la consulta impidió la votación.
Los diputados que presentaron la consulta son: Mileidy Alvarado Arias, Floria Segreda Sagot y Giovanni Gómez Obando de Restauración Nacional, los independientes Erick Rodríguez Steller, Shirley Díaz Mejías, Marolin Azofeifa Trejos, Ignacio Alpízar Castro y Harllan Hoepelman Paez, el diputado Otto Roberto Vargas Víquez del Partido Republicano Social Cristiano y Wálter Muñoz Céspedes del Partido Integración Nacional (PIN).
Los diputados que impugnaron el proyecto alegaban que el mismo contiene tanto vicios de procedimiento, como de fondo.
En específico, en lo relativo a procedimiento, se cuestionó que el proyecto fuera incluido en la agenda de Plenario del jueves 14 de octubre "de forma sorpresiva" mediante una moción de posposición, en la que se ordenaron los temas que se conocerían ese día; a pesar de que ese tipo de moción es la tónica durante el periodo de sesiones ordinarias, ya que es la forma en que se priorizan los temas de la gran agenda de pendientes que tiene el pleno.
Y por el fondo, los diputados únicamente afirmaron que el proyecto no contempla mecanismos eficaces de control, "por lo que, en consecuencia, se vulneran la seguridad y salud pública costarricense y se contraviene el principio de legalidad".
El Tribunal que desestimó los alegatos de inconstitucionalidad contra el proyecto estuvo conformado por Fernando Castillo Víquez (presidente), Paul Rueda Leal, Nancy Hernández López, Luis Fernando Salazar Alvarado (magistrado instructor), Jorge Araya García, Anamari Garro Vargas y la magistrada suplente Alicia Salas Torres.