La discusión legislativa del proyecto de ley que propone una Ley Marco de Empleo Público en nuestro país, llama a reflexionar sobre la incidencia que su articulado tiene en principios básicos del Estado de Derecho, como la independencia judicial, tema en la agenda nacional.

Tras la aprobación del plan fiscal en el 2018, se anunció la propuesta que unificaría el empleo público en nuestro país. Desde esa fecha ya el tema no pintaba bien. El articulado actual es una propuesta que surge de lo político, sin una participación técnica de sectores de la administración pública involucrada. Al Poder Judicial se le consulta, vía artículo 167 de la Constitución Política cuyo dictamen se discutió en la sesión del 20 de julio 2020 de Corte Plena del que se desprende que:

En conclusión, para los efectos de lo dispuesto en el artículo 167 de la Constitución Política y en el inciso 1) del numeral 59 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es importante destacar que el proyecto sí afecta el funcionamiento del Poder Judicial, dado que la necesaria existencia de una Ley Marco para el empleo público que elimine las asimetrías existentes y haga más eficiente la función del Estado, no supone desconocer diferencias existentes entre las familias de puestos creadas, ni ignorar el régimen constitucional de regulación, tal como acontece en el proyecto consultado que por sus debilidades estructurales afecta de manera directa el funcionamiento y organización del Poder Judicial. Por razones de seguridad jurídica como principio derivable del numeral 34 de la Carta Política una legislación como la que se promueve no solo debe ser clara en cuanto a las reglas aplicables al salario global o por pluses, sino que también debe partir del respeto a los derechos adquiridos y las situaciones jurídicas consolidadas, por lo que este tipo de regulaciones –por su impacto- solo pueden aplicar hacia futuro o con previsión de indemnizaciones que no se contemplan en el proyecto consultado…”

En este primer dictamen, conocido por la Corte Plena se identifican roces de constitucionalidad, problemas estructurales, generando problemas en la seguridad jurídica, que pone en riesgo el Estado de Derecho, logro de la visión de cientos de costarricenses hace doscientos años atrás.

El Parlamento realizó una segunda consulta con algunas modificaciones, pero los problemas persisten, pareciera que no existe un interés real en solventar las deficiencias de contenido.

Hoy día las democracias son amenazadas, debilitar la institucionalidad es un día sí y otro también el objetivo de grupos políticos y el poder económico. Tenemos ejemplos de naciones cercanas con experiencias desastrosas.

Es de suma importancia para la estabilidad del país que se analice el impacto a las instituciones democráticas de esta ley marco. Las presiones indebidas deben dar paso a la técnica, a la proporcionalidad y razonabilidad con respeto absoluto a la Constitución Política. Abrir espacios a la manipulación y concentración de poder en la selección, contratación y evaluación del desempeño del funcionariado público no puede permitirse.

Un cambio en el empleo público no es solo un tema de decisión política, es mucho más que eso. Este es un proceso que urge de la consulta a los sectores mediante un proceso participativo donde se logre eliminar los intereses políticos y se genere el proyecto que debe fortalecer a las instituciones públicas para consolidar la Costa Rica que queremos heredar a las futuras generaciones.

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