La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (conocida popularmente como la Sala IV) admitió para estudio, este martes, una acción de inconstitucionalidad presentada por Delfino.cr contra el uso del voto secreto por parte de la Asamblea Legislativa para ratificar nombramientos en la Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica (BCCR).

Así consta en una resolución emitida por el presidente de la Sala, Fernando Castillo Víquez, la tarde de hoy y que fue notificada a este medio.

El caso se tramita bajo el expediente 20-012035-0007-CO y este medio solicitó la declaratoria de inconstitucionalidad del Acuerdo Legislativo N.° 6808-20-21 adoptado en la sesión extraordinaria del Plenario del 22 de junio, en la cual se usó voto secreto para el trámite del expediente legislativo 21.997, que culminó con la no ratificación de María Lourdes Echandi Gurdían y la ratificación de Silvia Charpentier Brenes en la Junta Directiva del BCCR.

Delfino.cr acusó ante la Sala que en el trámite para adoptar el acuerdo en cuestión se lesionó el requisito esencial de publicidad y transparencia dispuesto por la Constitución Política, el Reglamento de la Asamblea Legislativa y la jurisprudencia de la Sala Constitucional desarrollada en los votos 1995-2621, 2014-4894, 2015-2539, 2018-4290 y 2019-18932.

Esto pues el acuerdo impugnado fue adoptado por el Plenario de la Asamblea  mediante el uso de papeletas innominadas, es decir: voto secreto, a través de una decisión unilateral y no fundamentada por parte de su presidente, Eduardo Cruickshank Smith, quien aplicó por analogía para el procedimiento de ratificación el contenido del artículo 227 del Reglamento, que regula lo referente a los procesos de elección.

Cruickshank afirmó en esa sesión de Plenario que la ratificación era equiparable a un proceso de elección, y que por ello la votación debía ser secreta. Delfino.cr argumentó que ambos son procesos diferentes, incluso a nivel conceptual, y desde el punto de vista del proceso legislativo están sometidos a condiciones diferentes.

"La disposición del voto secreto supone una gravísima violación al principio de seguridad jurídica, pues hasta la presente administración legislativa, las ratificaciones de nombramientos se han realizado mediante voto público y electrónico", señaló este medio en el escrito ante la Sala, adjuntando los antecedentes que así lo comprueban.

Además, este medio denunció que no se realizó previamente la votación que la jurisprudencia constitucional ha estimado necesaria cuando los diputados desean sesionar o votar un asunto en secreto: la aprobación de una moción por dos terceras partes del total de diputados presentes, sujeto a una profunda justificación de la necesidad de sacrificar el principio constitucional de publicidad y transparencia.

La Sala admitió la acción para su estudio por el fondo, dando 15 días a la Procuraduría General de la República y a Eduardo Cruickshank para que se refieran sobre lo denunciado y lo solicitado.

Esta es la tercera acción de inconstitucionalidad que Delfino.cr interpone por procedimientos opacos en el quehacer de la Asamblea Legislativa. 

El 9 de julio de 2018 se presentó una contra varios artículos del Reglamento de la Asamblea que establecían de forma general sesiones o votaciones secretas, a contrapelo de la jurisprudencia de la Sala Constitucional. Este caso fue fallado favorablemente el 2 de octubre de 2019, por lo que los magistrados declararon las inconstitucionalidades denunciadas.

El 24 de junio de 2019 se presentó otra acción contra los artículos 227 y 228 del Reglamento de la Asamblea, así como contra el acuerdo 6209-04-05 del Plenario adoptado en la sesión del 14 de octubre de 2004, donde se adoptó el sistema de votación secreta para nombrar o remover a los magistrados y magistradas. Este caso se encuentra en estudio por el fondo, a cargo de la magistrada Anamari Garro Vargas.