Por Melanie Petersen Calvo – Estudiante de la carrera en Derecho

En la sociedad actual es muy frecuente observar casos en los que se evidencia la falta de aplicación de valores éticos en la función profesional, lo cual conlleva que la ciudadanía pierda la confianza en el desempeño de los trabajadores. A razón de ello, en diversos países latinoamericanos, se le ha otorgado al principio de probidad un carácter normativo, que busca la sanción de actuaciones contrarias a lo que estipulan las leyes, olvidando que la esencia de este principio proviene de la integridad del actuar frente a la sociedad. Bajo este contexto, resulta necesario cuestionarse ¿cómo debe ser aplicado este en el ejercicio profesional?

El principio de probidad representa el sustento ético sobre el cual descansa la honradez y la integridad con la que los profesionales desarrollan su trabajo, se caracteriza por orientar el actuar de las personas en la búsqueda del bien común y posibilita que el ejercicio de la ética profesional no se imponga como una coerción.

Una persona proba no abusa, no desprestigia con su actuar y no daña intencionalmente a otros como ser humano y profesional, en tanto “la probidad es el segundo valor profesional que no sólo es sinónimo de honradez, sino que también indica que el profesionista reconoce su condición de humano y como tal ejerce la bondad y la benevolencia con los otros” (Ibarra, 2007, p. 47). Por ello, Cortina (2000) explica que la profesión va más allá de ser una fuente para percibir ingresos o tener un estatus social, pues es, más bien, una práctica social cuyo valor y significado se obtiene en los beneficios que proporciona a la sociedad.

Coincide con este argumento Hortal (2002) al señalar que el profesional adquiere los conocimientos y las habilidades, así como “el compromiso y la responsabilidad de prestar de manera eficiente el servicio o bien que le compete y por el cual la sociedad lo acepta y reconoce como profesionista”. Es decir, la probidad es algo que se enseña y se debe fomentar todos los días. Sin embargo, no debe ser confundida con ningún tipo de dogmatismo, porque si este se enseña como un conjunto de obligaciones y deberes perdería su esencia ética.

Como explica Camacho (1995), “la ética queda reducida al automatismo normativo donde no cabe espacio alguno para el ejercicio de la libertad y de la responsabilidad” (p. 40). De ahí que el principio de probidad forme parte de una ética profesional afirmativa que va más allá de la sumisión a reglas de prohibición, porque de ella provienen los principios y valores que plantean la posibilidad de ejercer libremente su elección y adhesión a aquellos que le son propios como profesional.

En definitiva, el principio de probidad tiene que ser implementado durante el ejercicio profesional, pero desde una perspectiva ética que no violente la libertad humana y que permita a los funcionarios desempeñarse de manera honesta, eliminando por completo la sumisión a normas o leyes que de manera coercitiva manejen su conducta o su actuar en cada una función. No hace falta decir que será un gran reto, pero que la solución está en crear un método que ponga en práctica esa ética afirmativa, de modo que se comprenda el significado de los valores profesionales como un ideal para orientar el ejercicio profesional hacia la búsqueda del bien común.

 

MOXIE es el Canal de ULACIT (www.ulacit.ac.cr), producido por y para los estudiantes universitarios, en alianza con el medio periodístico independiente Delfino.cr, con el propósito de brindarles un espacio para generar y difundir sus ideas.  Se llama Moxie - que en inglés urbano significa tener la capacidad de enfrentar las dificultades con inteligencia, audacia y valentía - en honor a nuestros alumnos, cuyo “moxie” los caracteriza.

Referencias bibliográficas:
• Camacho, I. (1995). La ética y su proyección sobre algunos aspectos de la economía. En Universidad Deusto Bilbao. La Ética en la Universidad, Orientaciones Básica. Bilbao, España: Universidad Deusto,
• Cortina, A. (2000), “Presentación, el sentido de las profesiones”. En A. Cortina y J. Conill. 10 palabras clave en ética de las profesiones. Navarra, España: Verbo Divino.
• Hortal, A. (2002). Ética General de las Profesiones. Bilbao, España: Desclée.
• Ibarra, G. (2007). Ética y valores profesionales. Reencuentro. Análisis de Problemas Universitarios, (49),43-50. Recuperado de https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=340/34004907