El diputado Pablo Heriberto Abarca (PUSC) anunció la presentación el día de hoy de un proyecto de ley para establecer una moratoria de seis meses a las sanciones asociadas a errores en la presentación de la información del Registro de Accionistas que todos los representantes legales de las empresas domiciliadas en el país deben presentar ante el Ministerio de Hacienda.

La Ley para Mejorar la Lucha Contra el Fraude Fiscal, aprobada el 14 de diciembre de 2016, estableció la creación del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales de empresas, conocido popularmente como Registro de Accionistas, y creó la obligación a los representantes legales de las empresas de suministrar la información necesaria para este registro.

La presentación de la primera declaración para el Registro de Accionistas estaba originalmente programada para inicios del año pasado, sin embargo, por diversos atrasos se inició hasta setiembre del año pasado para el periodo 2019.

La información que se debe entregar consiste en proveer los datos de todas las personas que sean beneficiarias finales de las empresas y que tengan participaciones con un porcentaje igual o mayor al 15% del capital total. La obligación inició desde el mes de setiembre de acuerdo al dígito final de la cédula jurídica de la empresa y finaliza este mes de enero con las cédulas terminadas en 8 y 9.

Dato D+: El Decreto 41040-H, que regula la ley, define beneficiario final como "aquella persona física que ejerce una influencia sustantiva o control efectivo final, directo o indirecto sobre las personas jurídicas o estructuras jurídicas que tenga una participación sustantiva o que tenga el derecho de designar o cesar a la mayor parte de los órganos de administración, dirección o supervisión, o que posea la condición de supervisión en virtud de sus estatutos o ejerza un control mediante una cadena de estructuras jurídicas o a través de otros medios de control que no son un control directo, es decir, ejercen el control efectivo final sobre una persona jurídica, estructura jurídica o cadena de estructuras jurídicas".

Abarca aseguró que desde que se inició el trámite los empresarios han tenido una serie de dificultades para cumplir a cabalidad los requisitos, entre los que señala la falta de inducción para las personas obligadas, el uso de una plataforma poco amigable con el usuario —problema constante en Hacienda—, así como el requisito de contar con una firma digital para el trámite.

El diputado señala que si alguien comete un error con el trámite se verá expuesto a multas entre ₡1,3 millones y ₡45 millones, por lo que planteó el proyecto para generar un periodo de “gracia” en el que los empresarios no se vean castigados por la curva de aprendizaje que conlleva este nuevo proceso. La moratoria propuesta no eliminaría el requisito de presentar la declaración para el periodo 2019, pero permitiría a las personas no recibir las sanciones económicas.

Dato D+: El proyecto será tramitado bajo el expediente 21.758.

Abarca ya había presentado el año pasado un proyecto similar (que establecía una moratoria de tres meses a las sanciones derivadas de errores en las declaraciones del Impuesto al Valor Agregado) que fue aprobado por el Congreso en 14 días. En esta ocasión, dado que el Congreso se encuentra en periodo de sesiones extraordinarias, para que el proyecto pueda ser conocido por la Asamblea Legislativa debe ser primero convocado por el Poder Ejecutivo.