Aunque usted no lo crea, la legislación costarricense en materia de familia promulgada desde 1973 carece de un aspecto tan básico como definir qué ocurrirá con los hijos en caso de ruptura del vínculo familiar por separación o divorcio, o que regule la situación de los hijos nacidos fuera del matrimonio.

Tras casi medio siglo de espera ese vacío está a punto de llenarse de manera definitiva luego que 45 diputados aprobaran este lunes, en segundo debate, la Ley de Régimen de Interrelación Familiar.

El proyecto fue presentado en mayo del 2018 por el diputado José María Villalta e incorpora los derechos de visita, contacto, comunicación y convivencia de los padres, hijas e hijos menores de edad y familiares cercanos luego de una separación familiar por rompimiento o divorcio, o en el marco de las relaciones extramatrimoniales.

De esta manera la ley regulará las condiciones bajo las cuales se determina la presencia de hijos o hijas en la casa de uno solo de sus progenitores, una vez que se ha dado una ruptura del vínculo familiar, o la situación de hijos de relaciones extramatrimoniales. Hasta la fecha han sido los jueces quienes han realizado esas definiciones.

La iniciativa establece el interés superior de los hijos para la fijación del régimen de interrelación familiar; introduce el criterio de solidaridad y proporcionalidad de las responsabilidades respecto de los hijos en común; e introduce el concepto de responsabilidad parental compartida.

Asimismo, de manera expresa se reconoce el derecho de las personas menores de edad, que vivan o no con su familia, a tener contacto de manera regular y directa con su círculo familiar y afectivo, hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad; así como a terceros no parientes que formen parte de dicho círculo familiar extendido y afectivo.

También deberá tomarse en cuenta la negativa del menor a mantener contacto, visitas y comunicación, sin embargo, en estos caso deberá informarse a la oficina local del Patronato Nacional de la Infancia para que investigue y brinde la atención psicosocial necesaria.

La diputada Zoila Volio del PIN destacó que con este proyecto se pondría fin a situaciones como que uno de los padres entorpezca o niegue el tiempo que le fue concedido al otro para relacionarse con sus hijos.

Esta ley entrará a regir una vez publicada en el Diario Oficial La Gaceta.

Entérese de este y más acontecimientos de la Asamblea Legislativa con el reporte Barra de Prensa suscribiéndose a Delfino+