La Corte Constitucional del Ecuador aprobó este miércoles el matrimonio igualitario en el país, tras una votación 5 vs. 4 donde se acogió la Opinión Consultiva OC 24/17 solicitada por Costa Rica en 2017 y que determinó que las uniones entre personas del mismo sexo están protegidas por la Convención Americana de los Derechos Humanos.

La mayoría de los magistrados del máximo tribunal de ese país falló a favor del pedido de matrimonio formulado por Efraín Soria y Javier Benalcázar, así como de Rubén Salazar y Carlos Verdesoto.

Una semana antes los magistrados Daniela Salazar, Ramiro Ávila, Karla Andrade y Agustín Grijalva votaron a favor de reconocer el matrimonio igualitario, mientras que los jueces Hernán Salgado, Teresa Nuques, Enrique Herrería y Carmen Coral votaron en contra por considerar que era necesaria una reforma constitucional.

Dado que en ese momento la votación quedó empata 4 vs. 4, el tema quedó para la sesión de este miércoles donde participó la magistrada Alí Lozada, el quinto voto y el decisivo en la decisión.

La Corte acogió la tesis de que las opiniones consultivas emanadas por la Corte Interamericana de los Derechos Humanos son vinculantes, paso que inicialmente dio Costa Rica en 1995 a través de la Sala Constitucional y que fue reiterado en 2018 cuando el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la prohibición del matrimonio igualitario, echando mano de la OC 24/17 emitida a raíz de consultas formuladas por el Ejecutivo.