MEIC recomienda a las personas presentar denuncia en caso de que no se les devuelvan los dineros sobrantes.

El Ministerio de Economía, Industria y Comercio anunció que ha identificado una posible afectación a los derechos de los consumidores que asisten a conciertos donde se requiere el uso de dispositivos recargables (como pulseras) para el pago de bienes en conciertos y espectáculos públicos, debido a la imposibilidad de las personas de recuperar los saldos no utilizados en estos dispositivos.

Desde el MEIC señalaron que dicha situación representa una infracción a la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley 7472 y su reglamento, que establecen principios fundamentales para la protección de los consumidores, entre ellos, el derecho a pagar únicamente por bienes y servicios efectivamente prestados.

El ministerio señaló que ya ha prevenido a las empresas proveedoras de este servicio sobre la necesidad de implementar mecanismos que permitan la devolución de los saldos no consumidos, pero no se ha logrado una solución que garantice la devolución del dinero de forma efectiva y eficiente a los consumidores.

El MEIC hace un llamado para que las personas se informen sobre sus derechos y a las empresas del sector para que adopten prácticas comerciales justas y transparentes. La directora de la Dirección de Apoyo al Consumidor, Cynthia Zapata, dijo:

Si usted como consumidor ha adquirido uno de estos dispositivos y se niegan a entregarle el sobrante, recuerde que tiene la posibilidad de denunciarlos ante la Comisión Nacional del Consumidor en www.meic.go.cr. Ahí va a encontrar un formulario donde es muy fácil plantear la denuncia".

Zapata también solicitó a las personas que si en un espectáculo público está ocurriendo esta situación pueden reportarlo a través de la línea 800-CONSUMO (800-266-7866).

El MEIC aseguró que continuarán vigilantes para garantizar el cumplimiento de la normativa de protección al consumidor y de no corregir esta situación, las empresas infractoras pueden ser sancionados por la Comisión Nacional del Consumidor (CNC), con una multa que alcanza hasta los 40 salarios base de un oficinista 1 establecido por el Consejo Superior del Poder Judicial (¢462.200), es decir, más de 18 millones de colones.